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jueves, 17 de marzo de 2011

EDP

Si algo caracteriza la regulación del sector energético en la Unión Europea es la permanente porfía entre las autoridades comunitarias, de un lado, y los distintos Estados, de otro, en cuanto al mantenimiento de derechos especiales en el capital de las principales empresas energéticas que persiguen asegurar un cierto control público. Basta con volver la atención hacia las sucesivas Sentencias del Tribunal de Justicia, que ha tenido que ir desmantelando muchos de esos derechos especiales a favor del Estado como accionista de esas empresas energéticas.
 
En el caso de Portugal, el Tribunal de Justicia estableció ya en la Sentencia  
C-543/08, de 11 de noviembre de 2010, que determinados derechos que se había atribuido el Estado portugués en el capital de Energías de Portugal (EDP) suponían una vulneración del principio de libre circulación de capitales y de la libertad de establecimiento. Se trataba, como en otros muchos casos, incluido el español de desmantelar las llamadas golden  shares en esas empresas de energía.

Como, al parecer, Portugal no ha ejecutado la Sentencia del Tribunal de Justicia, la Comisión anunció, el 14 de marzo de 2011, su voluntad de iniciar un nuevo procedimiento en el caso de que Portugal no acredite la adopción de las medidas necesarias para cumplir con la citada Sentencia.

En este caso, los derechos que sigue disfrutando el Estado en EDP “tras su privatización” son los siguientes:

“-   Veto rights on (a) resolutions to amend the company’s articles of association, including capital increases, mergers, divisions and winding-up; (b) resolutions on entering into parity and subordination group contracts; (c) resolutions on abolishing or limiting shareholders’ rights of preference as regards capital increases;

-      The right to oppose the election of a number of directors and the right to appoint a director in the company”.

La Comisión Europea señala que en el caso de que Portugal no explique  satisfactoriamente las medidas destinadas a cumplir con la Sentencia de 2010, volverá a iniciar un procedimiento ante el Tribunal de Justicia solicitando una importante sanción pecuniaria a Portugal.

Madrid, 17 de marzo de 2011