viernes, 28 de mayo de 2010

El papel de la Unión Europea en la reforma financiera

Cuando la crisis financiera produjo sus primeros efectos negativos graves a finales del año 2008, distintos Gobiernos europeos procedieron a adoptar de manera separada medidas destinadas a rescatar a las entidades de crédito que se encontraban ante un grave riesgo de insolvencia. Al analizar aquellas medidas, la percepción que quedaba era la del papel secundario de la Unión Europea, a la que además le tocó convalidar algunas medidas que suponían una clara distorsión del modelo de competencia dentro del mercado interior. Probablemente, la Comisión Europea no tenía entonces otra alternativa al analizar los ingentes programas de ayudas públicas al sector financiero en algunos Estados europeos.

Desde entonces la situación ha evolucionado, pero se mantiene la percepción de que la Unión Europea está jugando un papel secundario en la reforma de la regulación financiera. Ahora además toca tomar en consideración los trabajos que en Estados Unidos se vienen desarrollando para la reforma en profundidad de su regulación del sistema financiero. En la edición de anteayer, The Washington Post publicaba una interesante noticia bajo el título "U.S., Europe fall out of step on global financial reform", que destacaba los puntos de discrepancia y de coincidencia en la reforma planteada a uno y otro lado del Atlántico.

Es notorio que han sido varios los foros internacionales donde se ha repetido la idea de que la reforma del sistema financiero sólo puede abordarse desde una iniciativa internacional, coordinada y uniforme. Los hechos, sin embargo, ponen de manifiesto que esa declaración de intenciones no termina de cumplirse. Cada Estado tiende a actuar con una cierta política de hechos consumados, en la que los intereses locales o nacionales acaban primando sobre cualquier posible coordinación. Se habla así, por ejemplo, de las iniciativas con relación a los derivados. Europa no ha adoptado medida alguna, frente a lo que sucede en Estados Unidos, en donde se baraja por el momento una prohibición radical de su utilización por parte de los bancos, si bien es notorio, como ya indiqué en alguna
entrada precedente, que esa medida tiene importantes opositores y que no cabe descartar que al final no prospere. Pero si esto sucediera, nos encontraríamos con una discrepancia sustancial entre uno y otro sistema.

Lo mismo cabría decir con respecto a la posibilidad de restringir determinadas operaciones en los mercados bursátiles. Aquí destaca el problema de las posiciones cortas que en las últimas semanas han recuperado su protagonismo informativo a raíz de la iniciativa del Gobierno alemán de prohibirlas en determinados mercados bursátiles locales. Se señala con ello que ha habido una afectación general en los mercados, puesto que este tipo de iniciativas aisladamente pueden tener efectos negativos. Se producirá una distorsión de operaciones y de competencia entre mercados si en unos se prohíbe lo que se admite en otros. A lo que puede oponerse que, en materia de posiciones cortas, la actuación unilateral es debida a la tardanza de adoptar soluciones comunes en la Unión Europea en esa materia.

Frente a las diferencias apuntadas, algunos puntos esenciales en la respuesta internacional respetan el principio de actuación coordinada. Entre ellos destaca el de seguir concediendo al Banco Internacional de Pagos la primacía en el diseño de los nuevos criterios en materia de recursos propios de las entidades de crédito. También se busca la unidad en el diseño de algo que parece más complicado, como es un sistema que haga que ante crisis financieras, no sean los contribuyentes los que con carácter general tengan que asumir los costes de errores o malas gestiones en entidades de crédito, sino que lo hagan los protagonistas de los mercados financieros, los bancos implicados, sus accionistas o los inversores.

Veremos hasta que punto en los próximos meses esa proclamación de una conveniente respuesta internacional coordinada se mantiene o por el contrario cae una vez más ante la fuerza de los hechos en detrimento de la actuación unilateral de Gobiernos, que siguen teniendo que dar respuesta (a veces inmediata) a nuevos problemas derivados de la crisis financiera (la internacional o la local).

Madrid, 28 de mayo de 2010