En
su Sentencia de 9 de julio de 2014 (JUR 2014, 246030) el Tribunal Supremo
aplica el artículo 37, párrafo 1º de la Ley Cambiaria y del Cheque (LCCH) que
se ocupa de delimitar la responsabilidad cambiaria del avalista, del que se
dice que “responde de igual manera que el
avalado, y no podrá oponer las excepciones personales de éste. Será válido el
aval aunque la obligación garantizada fuese nula por cualquier causa que no sea
en la de vicio de forma”.
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viernes, 17 de octubre de 2014
Leyes y abreviaturas
A
lo mejor estoy planteando una tontería, pero la hiperactividad legislativa me
anima a compartir una cuestión que puede ser menor pero que reclama una
resolución. Me refiero a la forma de nombrar y citar nuestras leyes. Éstas
suelen llevar una ordenación numérica pero carecen de una indicación de la
abreviatura que con carácter general e imperativo debe ser utilizada para
referirse a la norma.
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Derecho mercantil
¿Abogados especialistas?
Leo en el último número de la revista
Otrosí del Colegio de Abogados de Madrid distintas referencias a la creación o
actividades de sus Secciones. Entre ellas aparecen las de Derecho concursal o
de la competencia. Se suman a otras Secciones especializadas en la práctica
profesional referida a determinadas partes del ordenamiento mercantil. Supongo
que el Colegio decide crear esas Secciones porque hay una demanda efectiva de
los colegiados a la hora de contar con foros en los que compartir experiencias
y formación en aquellas materias que con carácter habitual configuran la
práctica de determinados abogados. Es lo que sucede en otros lugares, siendo un
ejemplo especialmente destacado el de la American Bar Association (ABA) estadounidense,
en cuyo seno existen múltiples secciones que acompañan la actividad de sus
asociados y han logrado una especial influencia profesional y científica. Basta
con remitir a la calidad de la revista The Business Lawyer,
que publica la Sección de Business Law de la ABA.
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Facultad
martes, 14 de octubre de 2014
La revisión de The UK Corporate Governance Code
En los próximos meses se producirán
distintos acontecimientos que devolverán al gobierno corporativo al primer
plano de la actividad regulatoria. Es manifiesto que se están produciendo en
estas últimas semanas noticias constantes que permiten cuestionar la sana y
prudente gestión de una compañía y que llevan a reclamar nuevas disposiciones frente a abusos de administradores. Sirva de
ejemplo la reciente información de ABC
que vinculaba las irregulares disposiciones de tarjetas de débito o crédito con
una mala gestión. Pero volviendo a la actualidad del gobierno corporativo, ésta
debe venir determinada por la cercana aprobación de la reforma de la Ley de
Sociedades de Capital (LSC) y por la publicación de la revisión de nuestro
Código Unificado de Buen Gobierno (CUBG). Tiempo habrá de valorar ambas
iniciativas una vez que se completen.
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Gobierno corporativo
lunes, 6 de octubre de 2014
Rescate con fondos públicos y compensación por medio de un derecho preferente al dividendo
El rescate con
fondos públicos de entidades financieras es una decisión política que dista de
agotarse en su momento inicial. La entrada del Estado en el capital de una
entidad tiene consecuencias susceptibles de valoración diversa, pero que
comportan una responsabilidad que debe ejercitarse
de manera continuada a lo largo de todo el período en el que la intervención que
suele acompañar ese rescate —aportar dinero público a los mismos gestores que
crearon esa necesidad no parece admisible— se prolongue. El caso de la
investigación de las tarjetas de crédito en Bankia es un ejemplo reciente que
veremos a dónde lleva, pero hoy deseo recoger distintas noticias derivadas de
la resolución de un juez estadounidense en relación con dos entidades
hipotecarias que tuvieron el honor de aparecer entre las principales rescatadas
en los inicios de la crisis financiera: Fannie Mae y Freddie Mac.
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Instituciones financieras
jueves, 2 de octubre de 2014
Acreedores en los consejos
Leí
ayer en El País una noticia que anuncia futuras propuestas del Fondo Monetario
Internacional (FMI). El titular era “El
FMI propone que los acreedores entren en los consejos de los bancos”. No
precisa de gran justificación alegar que es una propuesta interesante. Cuando
se lee la reseña del futuro informe (que se anuncia para la próxima semana) nos
encontramos con que la motivación de esa propuesta radica en el permanente y
polémico asunto de la retribución de los directivos y consejeros en entidades
de crédito y, en relación con ello, en la necesidad de limitar los riesgos que
se asumen como una forma de obtener rentabilidades a corto plazo que comportan
beneficios retributivos para los directivos que las impulsaron.
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Gobierno corporativo,
Instituciones financieras
“Banca en la sombra”
Como
tengo la fortuna de participar mañana en la Jornada
que se celebra en Valencia sobre la “banca
en la sombra”, organizada por el Departamento de Derecho Mercantil Manuel
Broseta Pont de la Universidad de Valencia y ASNOFI y que dirige el Profesor
Rafael Marimón, me parece oportuno compartir algunas menciones al respecto.
Vaya por delante que creo que esa expresión no es afortunada pues resulta
cuestionable regular o fomentar un sistema financiero al que se sitúa desde su
propia denominación “en el lado oscuro”.
Una de las características que todo sistema financiero debe cumplir es el de su
transparencia y parece paradójico que se exija o que se proclame con respecto a
un sistema financiero del que se dice que “está
en la sombra”. El problema terminológico se pretende superar con la resignación de que no hay otro nombre alternativo y, sobre todo,
recurriendo al inglés.
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Instituciones financieras
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