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martes, 15 de abril de 2014

Contra la Ley Dodd Frank



La crisis financiera es un hecho de enorme complejidad en sus causas, efectos y soluciones, pero que suele tratarse desde planteamientos sencillos. Es lo que sucede con el papel del Derecho o, si se prefiere, con el de la regulación. El debate en torno a la crisis ha girado sobre si su acaecimiento tuvo en la “desregulación” vivida en ciertos mercados su  causa principal (las miradas convergen sobre todo en la experiencia de Estados Unidos) o si el futuro reclama un cambio radical en el enfoque legislativo. Las crisis siempre dan lugar a una intervención pendular: el legislador se ve obligado a un cambio  como una de las formas de convertir a la ley en una de las responsables de lo vivido. De la desregulación se pasa a la sobrerregulación.


Desde el punto de vista político, la discusión viene siendo especialmente intensa en Estados Unidos, quizás porque en Europa estamos habituados a una intervención legislativa más constante y revestida de justificaciones técnicas. En el caso norteamericano, la respuesta a la crisis se tradujo en la conocida Ley Dodd Frank, cuya completa traslación exige un importante esfuerzo, dado el volumen de la normativa en cuestión [v. Martínez Rosado, J., “Reforma del sistema financiero en Estados Unidos: la llamada Dodd-Frank Act”, RDBB 125 (2012), pp. 7-38]. A esa normativa no le faltan reproches, entre los que figura el de ahogar a pequeñas empresas con exigencias que resultan insoportables en términos de coste: un ejemplo lo ofrecía la columna que bajo el título de "The Dodd Frank Effect: ‘Too Small to Succeed’"  publicaba un empresario que se presentaba como uno de los perjudicados por esa legislación.

Sólo el tiempo demostrará si los sacrificios derivados de ese rigor legislativo se ven compensados por la recuperación de la confianza general en los mercados y por la devolución a estos de estabilidad y eficiencia.

Madrid, 15 de abril de 2014