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viernes, 4 de octubre de 2013

El abuso de derecho en las sociedades de capital



En las sociedades de capital la convivencia de intereses contrapuestos da lugar a conflictos constantes y previsibles. El principio mayoritario sirve para resolver esos conflictos. El problema surge cuando alguno de los titulares de esos intereses considera que la lesión de los mismos reclama la intervención jurisdiccional o arbitral. Entonces es cuando aparecen ante terceros no sólo los motivos de ese litigio, sino los reproches recíprocos que se hacen los socios enfrentados. El más repetido es el de que el otro actúa de una forma abusiva. El abuso de derecho se ha convertido así en uno de los conceptos más manidos en los litigios societarios, en especial en aquellos en lo que se combate es el imperio de la mayoría y su traducción en un acuerdo que se considera impugnable. 


Al accionista mayoritario se le reprocha un abuso consistente en usar su poder en contra del interés social. Los acuerdos alcanzados con los votos  de ese socio mayoritario se dice que son abusivos por pretender presentar como interés común lo que no es sino su interés particular. Al socio minoritario se le reprocha que abusa de los derechos (individuales o de minoría) que la ley le concede, sobre todo en relación con el funcionamiento de la junta general. Un uso que apunta al intento de bloquear la formación de la voluntad social o al consistente en la reiterada perturbación de las juntas generales.

Un tercer supuesto de reproches habituales en las contiendas societarias lo ofrecen las sociedades con dos socios al cincuenta por ciento. Sociedades que nutren de trabajo a nuestros Tribunales, a los que se reclama que solventen lo que las partes no han podido. Ambos socios se reprochan el bloqueo de la sociedad y un ejercicio abusivo de sus respectivos derechos.

De esta conocida problemática se ocupa un reciente libro de Luis Hernando Cebriá, El abuso de la posición jurídica del socio en las sociedades de capital, (Barcelona 2013). Un libro cuidado en su elaboración —sus virtudes las destaca el Profesor José Miguel Embid en su presentación— y de lectura especialmente recomendable.

Madrid, 4 de octubre de 2013