La
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de abril de 2014 (RJ 2014,131821) es
interesante por un doble motivo. El primero, el tema del que se ocupa del
derecho de separación del socio profesional. Es sabido que tal derecho tiene perfiles
singulares en la regulación de ese tipo de sociedades (v. el artículo 13.1 de
la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales frente al artículo
347 de la Ley de Sociedades de Capital).