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jueves, 29 de diciembre de 2011

Olympus


Desde hace algunas semanas, el fabricante de material de fotografía Olympus se ve envuelto en un escándalo corporativo internacional. En síntesis y de acuerdo con lo publicado, la llegada de un nuevo primer ejecutivo determinó que salieran a la luz una serie de prácticas contables irregulares que se habrían mantenido a lo largo de distintos ejercicios. Ante esa situación, los antiguos responsables de la gestión de la compañía terminaron reconociendo la manipulación de la contabilidad destinada a maquillar los resultados y a lograr que la cotización de las acciones no se viera perjudicada por la evolución de los negocios.

Aclarando los deberes informativos en materia de retribución


En relación con la anterior entrada, parece ser que el Banco de España ha remitido a las cajas una carta en la que aclara el contenido de dicha información. Tomo los párrafos siguientes de la noticia de Europa Press:

La retribución de los directivos de cajas de ahorros y la transparencia

Han sido varios los medios de comunicación que han recogido la noticia consistente en la aparente resistencia de directivos de cajas de ahorros que habrían recibido fondos públicos para su saneamiento, a la hora de permitir que se comunique al Banco de España cuáles son sus retribuciones. Junto a una noticia de Europa Press publicada en distintos medios de comunicación, Expansión recogía en su edición del sábado 24 de diciembre (p. 11), una crónica firmada por G. Martínez con el título  “Los directivos de las cajas con ayudas se resisten a publicar sus sueldos”, en la que explicaba cómo una mayoría de directivos ha hecho llegar su negativa a permitir que se comunique al Banco de España la cuantía de sus retribuciones:


Armonización de criterios con respecto a la reforma concursal


En la evolución del ordenamiento permanece siempre una demanda de certidumbre. Es al legislador a quien en primer lugar ha de exigirse que las soluciones que depara aporten seguridad al tráfico. Que los destinatarios de la norma sepan cuál es la conducta que se espera de ellos y cuál es la que resulta prohibida. 

miércoles, 21 de diciembre de 2011

Deberes informativos y dispensas


La regulación de los mercados de valores ha establecido como uno de sus principios fundamentales el de la transparencia. Esto exige, entre otras muchas manifestaciones, que todo lo que afecte a la evolución de los valores o de sus emisores sea conocido por todos los inversores y, además, que lo sea en términos paritarios (en cuanto al momento y al contenido de la información). De ahí el establecimiento de un sin fin de deberes legales de información. En la determinación de esos deberes suelen contemplarse distintos supuestos en los que cabe admitir excepciones, exenciones o dispensas a esos deberes.

Reestructurar entidades de crédito: causa, finalidad y coste


Prácticamente todos los días tenemos ocasión de recibir noticias diversas sobre procesos destinados a salvar a entidades de crédito en apuros. Viene sucediendo en casi todos los Estados de la Unión Europea y en España lo estamos viviendo con intensidad en estos últimos meses. Ante esa permanente actualidad, proponer una reflexión de fondo no parece fácil, pero se produce la paradoja de que es la realidad y la “urgencia” que la acompaña la que ofrece hechos que obligan a replantear el sentido de los programas de reestructuración. En este caso, el hecho venía relatado en una interesante crónica de Andreu Missé publicada en El País del pasado sábado 17 de diciembre de 2011, que narraba el cierre del proceso de reestructuración del banco alemán West LB. Un final que parece que va a ser su liquidación.

martes, 20 de diciembre de 2011

Ángel Sáenz-Badillos


No pude estar en el reciente homenaje que recibió Ángel Saenz-Badillos con motivo de su jubilación como Director del Real Colegio Complutense (RCC) en la Universidad de Harvard. He colgado una entrada en Mercantil desde la Complutense para expresar a Ángel el agradecimiento que merece su actuación al frente del RCC.

Madrid, 20 de diciembre de 2011

lunes, 19 de diciembre de 2011

De Presidente a Consejero Delegado


En lo que parece ser el proceso inverso al descrito en la entrada anterior, en el suplemento de El País del 8 de diciembre pasado, que reproduce artículos publicados anteriormente en The New York Times, se incluía uno con el siguiente título: “De visionarios empresariales y salidas airosas”.  No he encontrado la versión digital de ese artículo, pero sí su versión inglesa

De Consejero Delegado a Presidente Ejecutivo


El pasado 29 de noviembre de 2011, la versión impresa de Expansión  recogía un reportaje publicado previamente en The Wall Street Journal bajo el título “Los Consejeros delegados se resisten a irse”. Plantea esa crónica un fenómeno que se viene observando  en las grandes compañías norteamericanas y que consiste en que quien venía ocupando el puesto de primer ejecutivo o consejero delegado (aunque quizás deba señalar que, por regla general, el puesto de CEO tiene unas competencias superiores a las de un consejero delegado a la manera que concebimos en nuestras empresas ese cargo), optan por permanecer en la estructura de administración de la compañía y lo hacen, además, como presidentes ejecutivos de la sociedad. 

viernes, 16 de diciembre de 2011

Nueva comunicación de la Comisión con respecto a las ayudas estatales a entidades de crédito


Una de las principales características de la crisis financiera ha sido la necesidad de un rescate público de entidades de crédito en los muy distintos Estados europeos. Entre los principales desafíos que implicaban esas ayudas públicas se encontraba su compatibilidad con el Derecho de la competencia comunitario. La compatibilidad entre las ayudas públicas o ayudas estatales a instituciones financieras y los Tratados de la Unión Europea ha provocado la intervención de la Comisión Europea mediante la adopción de sucesivas comunicaciones desde el año 2008. El pasado 6 de diciembre de 2011 se publicaba en el Diario Oficial una nueva Comunicación de la Comisión que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2012 con destino a las normas sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la crisis financiera.

Separación de patrimonios


Hace algunos años publiqué un artículo bajo el título “La separación del patrimonio de los clientes en los servicios de inversión” (AA.VV., Estudios Jurídicos en Homenaje al Profesor Aurelio Menéndez, tomo II "Sociedades mercantiles", Madrid 1996, pp. 3.443-3.460). En el mercado financiero es decisiva la adecuada contabilización de lo que es un recurso de la propia entidad (sea entidad de crédito o una empresa de servicios de inversión) y los recursos recibidos de los clientes. El momento a partir del que se produce una confusión contable entre los recursos de una y otros, es cuando comienza a abrirse la puerta a graves problemas.

jueves, 15 de diciembre de 2011

Retribuciones en el sector financiero


En las últimas semanas se vienen difundiendo distintas noticias sobre el manido tema  del control normativo de las retribuciones. Control que se ha traducido en una especial exigencia de transparencia en las retribuciones de los administradores y consejeros de sociedades cotizadas y que, con respecto al sistema financiero, ha convertido la regulación en materia de retribuciones en parte de la disciplina destinada a limitar los riesgos y a asegurar una sana y prudente gestión de las entidades. 

Órdenes en los mercados de valores


No puede reducirse la causa de la abundante relación de litigios y reclamaciones que plantean los inversores contra entidades de crédito e instituciones financieras a un único motivo. Cada una de esas operaciones obedeció a motivaciones diferentes. Sin perjuicio de ello, en un buen número de ellas nos encontramos con un problema esencial de falta de información y de preparación del inversor. 

miércoles, 14 de diciembre de 2011

Contra la publicidad engañosa: consulta en la UE


En el ordenamiento europeo, la disciplina de la publicidad engañosa y de la publicidad comparativa se tradujo en la Directiva 2006/114/CE de 12 de diciembre de 2006. Esa Directiva ha sido ya objeto de una incorporación a los ordenamientos de los Estados miembros, pero en fecha reciente la Comisión Europea ha considerado que en el mercado europeo se habían generalizado prácticas que deben ser corregidas. Para ello se está analizando la adopción de medidas complementarias de la citada Directiva.

Empresa familiar = empresa conflictiva


En su edición del pasado sábado 3 de diciembre (pp. 6 y 7), Expansión publicaba un interesante artículo titulado “Poder y Conflicto en Sagas Familiares”, que parte de un caso concreto y reciente pero que se utiliza para recapitular los distintos enfrentamientos que se han vivido en los últimos años en distintas y relevantes empresas familiares españolas. La información detalla la naturaleza del conflicto que se ha ido produciendo en cada una de ellas y que, en algunas, continúa abierto.

martes, 13 de diciembre de 2011

Crisis económica, crisis bancaria, crisis de confianza


El pasado día 8 de diciembre la Autoridad Bancaria Europea (EBA) hizo públicas las necesidades de capital de la banca europea. Se trata de una estimación de los recursos que precisan las principales entidades de los países europeos a la hora de cumplir con las nuevas exigencias en materia de capital. El documento puede ser consultado en la web de la EBA, pero la inicial reflexión que provoca su publicación tiene que ver con un deja vu que parece no tener fin. Algunas opiniones hablan de una crisis (sin adjetivar), mientras que otras matizan que vivimos una crisis económica, una crisis de deuda pública y una crisis de sistemas financieros, entre otras. Sin lugar a dudas y sin negar ninguna de las anteriores, a lo que asistimos  es a una crisis de confianza generada por la sucesión de medidas que se anuncian, pero cuya eficacia el tiempo acaba poniendo en cuestión. 

¿Ayudas secretas?


En Estados Unidos se viene produciendo un debate en torno al papel jugado por la Reserva Federal en el rescate de sus principales entidades de crédito en el periodo 2008-2009. La discusión comenzó cuando algunos medios informativos informaron de importantes ayudas financieras concedidas por la Reserva Federal en forma de préstamos o por medio de avales, que no fueron reveladas inicialmente al Congreso norteamericano. Esta información ha sido rechazada de manera excepcional por la Reserva Federal a través de un amplio comunicado que ha hecho público en los días pasados y que niega radicalmente la existencia de ayudas de cualquier naturaleza que no fueran conocidas por el Congreso. El desmentido  se tradujo en una amplia carta del Presidente Ben S. Bernanke al Presidente del Comité de Asuntos Bancarios del Senado de Estados Unidos.

lunes, 5 de diciembre de 2011

Gran Bretaña: consulta sobre nuevos (y más severos) pasos en materia de retribución


Uno de los Estados europeos que más ha avanzado en la revisión del régimen aplicable a la retribución de los administradores en el Reino Unido. A alguna iniciativa me he referido en entradas precedentes.

Más sobre la LSC


Como continuación de algunas entradas precedentes en las que he recogido críticas al Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cuyos autores consideran que algunas disposiciones suponen un exceso con respecto a la habilitación concedida al Gobierno en este asunto, hoy deseo reseñar otra opinión, singularmente autorizada, que expresa sus reparos a la que podríamos denominar idea general del citado texto legal. Me refiero a la opinión del Maestro Olivencia, quien en su conferencia incluida en el último ciclo de la Academia Sevillana del Notariado, pronunció la que ahora se publica bajo el título “La Categoría Jurídica de las Sociedades de Capital y su regulación” (Academia Sevillana del Notariado, Anales 2011, tomo XXII, Sevilla, p. 11 y ss.) y cuyo párrafo penúltimo transcribo:

viernes, 2 de diciembre de 2011

Lesión de “derechos políticos” del accionista y acción penal


La lectura de los delitos societarios contenidos en nuestro Código Penal genera siempre una incertidumbre acerca de cuál es el criterio que justifica que conductas ilícitas en el ámbito societario merezcan una reacción penal o, por el contrario, deban de ser corregidas a través de los instrumentos que ofrecen las normas societarias (acciones de responsabilidad, acciones de impugnación de acuerdos, etc.). Esa incertidumbre es predicable de la mayoría de los tipos de delitos societarios pero de manera especial con respecto al art. 293 del Código Penal que dispone:

Acción en concierto y control conjunto

En una reciente entrada en Mercantil desde la Complutense, la profesora Rosa Tapia hacía referencia a la relación existente entre dos conceptos tan atractivos, como inciertos dentro del Derecho de sociedades y del mercado de valores: “acción en concierto” y “control conjunto”. Sus reflexiones venían motivadas por la reseña que realizaba Frank Martín Laprade a la Sentencia de la Corte de Casación francesa de 15 de marzo de 2011 (v. “Concert ne rime pas toujours avec contrôle”, Revue des Sociétés nº 10, 2011, pp. 552-555), con respecto a la que la citada Profesora anuncia la publicación de una próxima nota en la Revista de Derecho Bancario y Bursátil. 

jueves, 1 de diciembre de 2011

Un interesante y útil libro sobre la reforma concursal


Eduardo Valpuesta, Catedrático  y Magistrado, acaba de publicar un libro sobre la reforma concursal. El título del libro es Guía Legislativa de la Ley Concursal (Barcelona 2011, 538 pp.). Es un libro que resulta en primer lugar útil porque ofrece el texto en vigor de la Ley Concursal (LC) con una representación que permite comprobar lo que son disposiciones originales de la misma y aquellas modificaciones que se han introducido como consecuencia de la aprobación de la Ley 38/2011 de reforma de la LC. Más allá de constituir un instrumento muy útil para determinar cuál es en cada aspecto del concurso la normativa en vigor, la obra se ve enriquecida con dos importantes contribuciones del autor.

El acta notarial


En abril de 2010 publiqué un e-print con Blanca Villanueva relativo a la relevancia que el acta notarial cobraba para la regular convocatoria y celebración de la junta en la sociedad anónima. Una versión ampliada de ese trabajo y actualizada por referencia a la Ley de Sociedades de Capital se ha publicado en el nº 55 de Cuadernos de Derecho y Comercio y puede consultarse a través del correspondiente e-print.

Madrid, 1 de diciembre de 2011

Gobierno corporativo latinoamericano


Se ha publicado recientemente un estudio titulado Gobierno Corporativo en Latinoamérica 2010-2011 que persigue llevar a cabo una exposición de los trabajos que se vienen desarrollando a lo largo de estos últimos años en relación con el gobierno corporativo en distintos países latinoamericanos. Así lo explica en su introducción:

martes, 29 de noviembre de 2011

Nueva Norma de Calidad de auditores

Por medio de su Resolución de 26 de octubre de 2011, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publica una nueva Norma de Control de Calidad Interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría (v. BOICAC nº 87, 2011, p. 3 y ss.). Es una norma de especial relevancia por cuanto, en la regulación de la auditoría de cuentas, la determinación de las llamadas Normas de Calidad ha sido una de las principales medidas como criterio de evaluación de la diligencia profesional del auditor. Por lo tanto, el respeto a las Normas que establecen el control de calidad del auditor tiene una especial transcendencia ante eventuales reclamaciones de responsabilidad sea en el ámbito administrativo o en el ámbito civil.

Otra crítica a la LSC


Como breve complemento de la anterior entrada y con respecto a la discusión sobre los límites marcados al Gobierno para la elaboración del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, debo reseñar una segunda publicación, cuyo título es expresivo de la opinión crítica del autor hacia la forma en la que se ha producido la elaboración y aprobación de dicha norma. Se trata del artículo de Pablo Gutiérrez-Alviz, “Los excesos del Ejecutivo en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital”, [Diario La Ley 7733 (10 de noviembre de 2011)]. Formula distintas críticas a la LSC, no solo por lo que pueda suponer de infracción de la delegación recibida por el Gobierno, sino también por  algunos de los criterios fundamentales seguidos por el Texto Refundido, entre los que destaca el tratamiento unificado de sociedades anónimas limitadas.

Madrid, 29 de noviembre de 2011

viernes, 25 de noviembre de 2011

Los límites de la refundición y la LSC

La aprobación de la Ley de Sociedades de Capital constituye uno de los hitos más relevantes de la evolución reciente de nuestro Derecho de sociedades. Cualquiera que maneje el texto legal advertirá que lo que ha llevado a cabo el Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio, ha sido algo más que una mera refundición. Basta con remitir al apartado II de su exposición de motivos para hallar la explicación del criterio o mejor dicho, los criterios que han presidido el propósito de regularizar, aclarar y armonizar las leyes con contenido societario hasta entonces vigentes. 

jueves, 24 de noviembre de 2011

De consejero ejecutivo a supervisor: un camino limitado


El tránsito de un consejero desde funciones ejecutivas hacia un papel supervisor dentro de la administración de la sociedad no deja de suscitar interesantes casos y reflexiones. En este caso las depara la renuncia del actual Presidente ejecutivo de Deutsche Bank a incorporarse a la Presidencia del Consejo de Vigilancia. Un caso que Stéphane Lauer considera ejemplar en una entrada incluida en su blog “Pertes e Profits”, integrado en Le Monde:

miércoles, 23 de noviembre de 2011

Cómo preparar a los Graduados para que sean Abogados


No hace muchos días, con ocasión del esfuerzo de nuestro equipo  decanal por revisar los nuevos programas de estudio que nuestra Facultad  está poniendo en marcha en relación con el EEES y con los cambios en el acceso a la Abogacía, tuve ocasión de intercambiar algunas opiniones sobre qué ofrecer a nuestros graduados para su futura inserción profesional. A la Universidad se le formula un repetido reproche en cuanto al alejamiento entre lo que se enseña en las aulas y lo que reclama la vida profesional. Es un reproche injustificado en gran medida, pues como repiten nuestros clásicos: no hay mejor Práctica que la que se basa en una buena Teoría.

martes, 22 de noviembre de 2011

Microentidades y contabilidad



Esta modificación persigue adoptar un marco contable específico para las denominadas microentidades. Se parte de las previas iniciativas adoptadas en el seno de la Unión Europea desde hace ya algunos años con vistas a simplificar las obligaciones contables de determinadas empresas en función de su reducido tamaño. Ya la Recomendación 2003/361/CEE definía las microempresas y las pequeñas y medianas empresas y establecía con respecto a ellas criterios más sencillos en cuanto a la formulación de sus cuentas anuales. La Posición considera que algunos de los criterios que permitían definir las microempresas en función del tamaño resultan excesivos para algunas pequeñas y medianas empresas europeas y de ahí que se introduzca una subcategoría a las que se denominan microentidades.

VI Seminario de Derecho internacional privado de la UCM


Pedro de Miguel incluye en su blog una entrada anunciando la convocatoria de una nueva edición del Seminario del Departamento de Derecho internacional privado y detallando la posibilidad de participar en el mismo. Es una feliz iniciativa, en alguna de cuyas ediciones precedentes he tenido la suerte de participar.En esta ocasión, cualquier mercantilista puede hacerlo dentro del bloque de Derecho patrimonial (obligaciones extracontractuales) que contempla la convocatoria.

Madrid, 22 de noviembre de 2011