El Congreso de los Diputados está debatiendo desde el pasado mes de abril el Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Se trata de la trasposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 2007/64/CE sobre servicios de pago en el mercado interior.
La Unión Europea ha adoptado muy diversas medidas que permiten ver como una realidad cada vez más próxima la armonización no sólo funcional, sino también normativa de los servicios de pago. En cuanto a lo primero, remito a la interesante Memoria sobre la Vigilancia de Sistemas de Pago correspondiente a 2007 publicada por el Banco de España y a la amplia información que sobre los sistemas de pago ofrece su web.
Con relación a la armonización legislativa, he tenido la ocasión de participar en un reciente Seminario organizado por la Banca de Italia y varias Universidades italianas, que ha permitido comprobar la singularidad de la indicada Directiva, en especial por lo que implica para la regulación jurídico privada de la contratación y uso de los varios instrumentos de pago.
Con respecto a nuestro ordenamiento, ese impacto va ser destacable, teniendo en cuenta que nuestra contratación bancaria se mueve en un marco de predominante atipicidad, de forma que las disposiciones de la futura Ley de Servicios de Pago van a afecta de manera notoria a operaciones tan difundidas como las transferencias o las tarjetas de crédito, sin perjuicio de la consideración de los modernos servicios de pago que ofrecen los avances tecnológicos y en materia de comunicaciones.
Madrid, 16 de junio de 2009