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miércoles, 4 de marzo de 2009

Ley concursal y crisis económica (II)

Una segunda propuesta de reforma que me parece interesante, analiza el problema de la insolvencia desde la perspectiva de las familias y del endeudamiento contraído por las mismas. El problema del endeudamiento de los consumidores y el de su sobreendeudamiento ya se ha planteado en épocas recientes por parte de distintas Asociaciones de protección de consumidores y usuarios. Lo que es evidente es que en el marco actual de crisis económica y creciente desempleo, el problema alcanza una dimensión mucho más grave.


Recientemente, el Consejo de Consumidores y Usuarios ha elaborado un “Dictamen de iniciativa propia… relativo a la situación de endeudamiento y sobreendeudamiento financiero de las familias en la actual situación de crisis económica y del crédito”. Es una reflexión que va desde la previa situación de un endeudamiento considerable de las familias contraído en épocas de bonanza, hasta la actual época de vacas flacas. Todos los datos que se manejan en dicho Dictamen, revelan la gravedad del problema económico (que es, ante todo, un problema social) y su traducción jurisdiccional, ya sea a través de las ejecuciones hipotecarias correspondientes, que se prevé por el Consejo General del Poder Judicial que van a pasar desde un total de 26.000 en el año 2007, hasta casi 87.000 en 2009. Es una evolución también considerable en cuanto a los procedimientos de reclamación de las deudas derivadas de créditos personales y al consumo, tarjetas, etc.

El Consejo de Consumidores y Usuarios realiza en su Dictamen distintas propuestas de actuación, entre las que destacaré la que titula como “La imperiosa necesidad de una Ley de Sobreendeudamiento Familiar”. Se trata de un procedimiento extrajudicial, es decir, que busca eludir que la persona física o familias insolventes tengan que acogerse al procedimiento concursal. En una anterior entrada (Avalancha concursal), me refería a la estadística de los procedimientos concursales. Éstas evidencian que las personas físicas en concurso son pocas frente a otro tipo de deudores en concurso. Pero la estadística revela también que es precisamente el concurso de personas físicas el que refleja un mayor crecimiento.

Madrid, 4 de marzo de 2009