Una de las líneas de actuación más activas por parte del Sistema de la Reserva Federal estadounidense es el relacionado con la tutela de los consumidores en la utilización de medios de pago. En especial por medio del desarrollo de la Ley aprobada en 2009: Credit Card Accountability Responsability and Disclosure Act of 2009 (Credit Card Act). En materia de tarjetas de crédito, la evolución de los mercados refleja un abrumador avance de estos medios de pago. Los avances tecnológicos y en materia de seguridad han convertido a las distintas tarjetas en el instrumento de pago más difundido (con la decadencia paralela de instrumentos “clásicos” como los cheques). Esto contrasta con la falta generalizada de una adecuada regulación de los distintos contratos que implican su uso y con las constantes reivindicaciones de los usuarios y de las asociaciones de consumidores a la hora de delimitar determinadas prácticas contractuales que se consideraban abusivas. Estas observaciones resultan válidas tanto para el mercado estadounidense como para cualquiera de los mercados europeos, incluido el español, en el que hay determinados aspectos del uso de tarjetas que han alcanzado un desarrollo extraordinario en comparación con otros mercados europeos. La situación ha cambiado en los últimos años. En España, la actuación de los distintos servicios de reclamaciones ha permitido identificar y corregir las principales prácticas lesivas para los intereses de la clientela. En el plano legislativo, la reciente formulación de la Ley de Sistemas de Pago implica un cambio radical.
En el estudio de esos y otros temas, la página web de la Reserva Federal ofrece materiales de interés. El primero el trabajo que se ocupa en especial de la interconexión de sistemas y, en especial, sus costes: Interchange Fees and Payment Card Networks: Economics, Industry Developments, and Policy Issues. El segundo hecho interesante es la propuesta de cambio normativo. El pasado 3 de marzo se anunciaban los cambios en la llamada Regulation Z (Truth in Lending), cuya finalidad es proteger a los titulares de tarjetas de crédito ante determinados pagos que se les aplican de forma abusiva. Así sucede con los adeudos que los clientes deben soportar ante pequeñas desviaciones en el uso de las tarjetas, como pudiera ser un pequeño retraso en el pago o un pequeño exceso sobre el límite del crédito concedido. Se cita en concreto la previsión contractual que permite adeudar treinta y nueve dólares en el supuesto de que un consumidor que adeuda veinte dólares pagara tardíamente. Otras disposiciones se refieren a las comisiones por falta de uso de la tarjeta o a la posible elevación de los intereses vinculados con su uso.
Madrid, 18 de marzo de 2010
En el estudio de esos y otros temas, la página web de la Reserva Federal ofrece materiales de interés. El primero el trabajo que se ocupa en especial de la interconexión de sistemas y, en especial, sus costes: Interchange Fees and Payment Card Networks: Economics, Industry Developments, and Policy Issues. El segundo hecho interesante es la propuesta de cambio normativo. El pasado 3 de marzo se anunciaban los cambios en la llamada Regulation Z (Truth in Lending), cuya finalidad es proteger a los titulares de tarjetas de crédito ante determinados pagos que se les aplican de forma abusiva. Así sucede con los adeudos que los clientes deben soportar ante pequeñas desviaciones en el uso de las tarjetas, como pudiera ser un pequeño retraso en el pago o un pequeño exceso sobre el límite del crédito concedido. Se cita en concreto la previsión contractual que permite adeudar treinta y nueve dólares en el supuesto de que un consumidor que adeuda veinte dólares pagara tardíamente. Otras disposiciones se refieren a las comisiones por falta de uso de la tarjeta o a la posible elevación de los intereses vinculados con su uso.
Madrid, 18 de marzo de 2010