Es un lugar común que una de
las más intensas tendencias que presenta el Derecho mercantil es su
internacionalización. Es un término que admite matices diversos, pero que desde
nuestra incorporación a la Unión Europea supone destacar el papel del Derecho
europeo en un número creciente de
materias. Una de ellas es el Derecho concursal, en el que la lógica
internacionalización de las empresas obliga a las legislaciones a ofrecer
respuesta a concursos multinacionales. Baste con remitir a la Ley Concursal y a
sus reformas.
En relación con esos concursos
es relevante la Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-147/12 ÖFAB
(procedimiento de insolvencia sueco pero con personas físicas y jurídicas
implicadas domiciliadas en los Países Bajos), que comenta con especial interés
Pedro de Miguel aquí
en relación con distintos aspectos de los procedimientos de insolvencia y el Reglamento
(CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la
competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones
judiciales en materia civil y mercantil.
Madrid, 1 de agosto de 2013