A quienes les hayan interesado anteriores referencias sobre el problema de las posiciones cortas sobre acciones de sociedades cotizadas españolas, recomiendo la lectura de la intervención del Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que tuvo lugar el pasado 8 de julio de 2009 y que puede consultarse a través de la web de la CNMV (http://www.cnmv.es/).
Se trata de una exposición ordenada y muy clara sobre los problemas generales que plantea la crisis financiera en cuanto a sus causas y a los errores que hayan podido producirse en la actuación de las entidades, en su supervisión y en la regulación. La idea que se expresa en su título y que cierra la intervención, es que la CNMV va a actuar en lo que podría describirse como un programa de aún mayor transparencia en los mercados. Se citan tres iniciativas: la valoración de activos, en especial la de las carteras de los fondos de inversión, la información sobre las emisiones y, por último, la referida al control de las operaciones en corto o short selling.
Transcribo los párrafos de la intervención del Presidente de la CNMV que recogen el inicio de la respuesta armonizada europea en materia de información de estas operaciones:
“Asimismo, en el ámbito europeo, el Comité Europeo de Reguladores de Valores (CESR), donde participa la CNMV, alcanzó ayer un acuerdo con relación a los requisitos de transparencia sobre posiciones cortas que se ha puesto hoy a consulta pública. Creo que existen pocas dudas sobre los beneficios de la operativa en corto, en la medida que contribuye a la eficiencia en el proceso de formación de precios, aumenta la liquidez, facilita las posiciones de cobertura y permite mitigar la posible generación de burbujas en los precios de los activos. Al mismo tiempo, resulta también innegable que esta operativa puede, en ocasiones, favorecer conductas incompatibles con la adecuada formación de precios. Ello explica el consenso alcanzado por los reguladores de valores europeos para aumentar, como mínimo, la transparencia y la información disponible para el supervisor sobre posiciones cortas.
En concreto, el modelo que CESR propone establecería en Europa un régimen común de comunicación de posiciones cortas netas, alcanzadas con cualquier tipo de operativa, incluidas las transacciones con derivados. Este régimen implica la comunicación al supervisor de las posiciones cortas netas sobre cualquier acción admitida a negociación que superen un determinado umbral –el 0,1% del capital social del valor correspondiente–. Al mismo tiempo, se exigirá que las posiciones cortas que superen un umbral superior –el 0,5% del capital– sean comunicadas al mercado. A diferencia de las obligaciones de transparencia actualmente vigentes en España y en otros países, este régimen se aplicaría tanto a valores financieros como a no financieros.
La CNMV, que ha contribuido activamente a la elaboración de esta propuesta, considera que este tipo de régimen armonizado puede contribuir al funcionamiento ordenado de los mercados europeos. En todo caso, resulta necesario conocer adecuadamente la sensibilidad de todos los sectores afectados en el proceso de consulta que se acaba de iniciar” (pp.8 y 9).
Madrid, 17 de Julio de 2009