La
Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (LA) sufrió varias modificaciones
en virtud de la reforma operada por medio de la Ley 11/2011, de 20 de mayo,
de
reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del
arbitraje institucional en la Administración General del Estado. Dentro
de los cambios destacaba el reconocimiento expreso del arbitraje societario o
estatutario, que permitía a las sociedades de capital dirimir por esa vía los
conflictos que surgieran en su seno. La regulación es parca, limitada a los artículos 11 bis y 11 ter LA, y los
problemas que suscita esa modalidad arbitral numerosos y en no pocos casos,
interesantes.
Tuve
ocasión de comprobarlo en la Jornada
sobre arbitraje societario que al respecto organizaron la Corte Civil y
Mercantil de Arbitraje (CIMA) y el Colegio de Registradores de España el pasado
6 de febrero de 2014. La razón de esta entrada, sin embargo, obedece
principalmente a la elaboración por una Comisión creada al efecto en el seno
del Club Español del Arbitraje de un muy recomendable Informe
sobre el arbitraje societario en España que aborda y da respuesta a las
preguntas principales que suscita el arbitraje estatutario.
Madrid,
7 de marzo de 2014