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lunes, 25 de abril de 2011

Escaso uso de la constitución telemática de sociedades

Ya he expresado mi crítica hacia la reiteración con la que se presentan las sucesivas fases de la constitución de una sociedad como un obstáculo o factor dilatorio en la creación de empresas, así como hacia la exagerada importancia que se otorga a los avances en la constitución telemática para superar los supuestos inconvenientes de la “creación de empresas”. La última ocasión en que lo hice fue la reseña del artículo del Prof. Pedro Yanes titulada Urgencia y seguridad en la constitución de sociedades. Crear una empresa y constituir una sociedad no son hechos idénticos. Muchas sociedades tienen el estatuto legal de empresarios pero no realizan actividad empresarial alguna, por ejemplo cuando son meros instrumentos de tenencia patrimonial. E igualmente, en la constitución de una empresa el tiempo que se invierte en el otorgamiento de la escritura fundacional y en su inscripción registral es nimio en comparación con lo que representa la solicitud y obtención de permisos, licencias o autorizaciones administrativas varias a las que se supedita completamente el inicio de la actividad económica. Es en esa intervención administrativa donde en no pocas ocasiones se encuentra el calvario empresarial para diversos sectores.


Esta introducción arranca de la lectura de la información que publica Expansión: Notarios y registradores se enfrentan por la creación online de empresas sobre el bajo grado de aceptación que parece tener el proceso de constitución telemática establecido en el Real Decreto-ley 13/2010. Al margen de los reproches que en esa información se dedican los distintos implicados, las bajas cifras de las solicitudes registradas para la constitución telemática ponen de manifiesto que la mayoría de los fundadores no se ven agobiados por la urgencia de la constitución y que optan por el procedimiento general.

Madrid, 25 de abril de 2011