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viernes, 29 de junio de 2012

Retribución (XV): say on pay (11) cuanto más simple, mejor


Vuelvo con otro de los temas también manidos en el capítulo de gobierno corporativo como es el del pago de los ejecutivos y, en especial de los consejeros delegados. Lo hago al hilo de una breve referencia que aparecía en la Lex column del Financial Times del pasado 2 de junio de 2012 (“Executive pay”) y que conducía a un reciente estudio elaborado por Pricewaterhouse Coopers (PwC) con la colaboración de algunos docentes de la London School of Economics. El estudio puede consultarse aquí. Algunas de sus conclusiones se recogían en la nota de prensa de 31 de mayo de 2012, elaborada por la propia PwC.

jueves, 28 de junio de 2012

Más sobre el art. 348 bis LSC


Un amable y diligente lector me hace llegar sus comentarios a la entrada precedente sobre este tema que, por su interés y oportunidad, me permito reproducir aquí:

“Esta disposición suspensiva tiene su origen en una enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), presentada el 10 de mayo de 2012. Asimismo, presentó otra enmienda muy interesante de nueva redacción del artículo 348 bis, en la que se tienen en cuenta  las circunstancias económicas que pueden llevar a la sociedad a no repartir el dividendo previsto en el citado artículo 348 bis (que perjudique el interés social o suponga el incumplimiento de las obligaciones de la sociedad frente a terceros). Asimismo, en lugar de establecer la obligatoriedad, a instancias de la minoría, de repartir todos los años un tercio de los beneficios, esta enmienda se refiere al reparto de un dividendo razonable.

Previamente, la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados, aprobó también la Proposición no de Ley, presentada por el mismo Grupo Parlamentario, por la que se insta al Gobierno, dentro del marco del nuevo Código Mercantil que se está elaborando desde el Ministerio de Justicia, a la modificación del referido artículo 348 bis.

Madrid, 28 de junio de 2012

De nuevo: cómo entendemos la responsabilidad concursal


Cuál es la responsabilidad que cabe exigir a los administradores de una sociedad insolvente es cuestión que debiera estar resuelta desde el primer momento de vigencia de la LC. En especial cuando se  produce la calificación culpable del concurso y se constata la existencia de un déficit patrimonial, es decir, la insuficiencia de la masa activa para hacer frente a la pasiva.

miércoles, 27 de junio de 2012

Sobre el capital social


Hay libros que son recomendables por el tema tratado. La recomendación resulta preceptiva cuando la publicación es oportuna y, sobre todo, cuando el contenido del libro resulta satisfactorio por la calidad de la exposición que ofrece. Es lo que sucede con el libro publicado recientemente por Heliodoro Sánchez Rus [El capital social. Presente y futuro, Cizur Menor (2012), 775 páginas]. El autor es un conocido Registrador mercantil y la obra es su tesis doctoral, con lo que nos encontramos con la nota singular de que la tesis doctoral no es, como con frecuencia sucede en el ámbito académico, una primera obra de presentación de su autor, sino la expresión de la experiencia acumulada a lo largo de mucho tiempo por un cualificado profesional, traducida en un riguroso estudio de uno de los fundamentos del régimen de las sociedades de capital (precisamente, el que aflora en su denominación), con relevancia organizativa, patrimonial o de responsabilidad que, sin embargo, no ha sido objeto de una correspondiente atención.

martes, 26 de junio de 2012

El art. 348 bis, LSC, suspendido


En el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado se publicó el texto de la Ley 1/2012, de 22 de junio de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital. No voy a incidir en la falta, repetidamente denunciada, de un criterio que permita entender en su integridad las sucesivas reformas de nuestro Derecho de sociedades y, sobre todo, que su realización no implique una perturbación sistémica de esa disciplina. Remito al lector a algunas entradas en los blogs que desde aquí pueden enlazarse como la muy reciente de Jorge Miquel sobre “La reforma de la reforma”. Es manifiesto que la armonización con las normas europeas impulsa tales reformas, pero lo es igualmente que nuestro legislador las aprovecha para introducir soluciones nuevas.

lunes, 25 de junio de 2012

Derechos de autor, Derecho penal y Derecho de la Unión Europea


Para quien tenga interés por analizar la relación existente entre el Derecho de la Unión Europea y la regulación de algunas de sus libertades fundamentales, de un lado, y el Derecho penal, de otro, es recomendable la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 21 de junio de 2012, en el asunto C-5/11 (Titus Alexander Jochen Donner). Allí se analizaba la relación existente entre la tutela penal de los derechos de autor y el principio de libre circulación de mercancías, cuyo resumen recoge el comunicado de prensa nº 84/12 de la misma fecha. 

Sobre la (nueva) CECA


La Confederación Española de Cajas de Ahorros es objeto de regulación en el Titulo III de la Ley 31/1985, de 2 de agosto. Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro (BOE de 9). Ese estatuto va a ser objeto de profunda modificación por medio de los acuerdos propuestos a su Asamblea General, de acuerdo con la convocatoria publicada en el BOE de 22 de junio de 2012. El cambio es el mismo que vienen sufriendo las entidades representadas en CECA: su tránsito a bancos privados.

miércoles, 20 de junio de 2012

Mujeres y Consejos de Administración


Vuelvo sobre uno de los “clásicos” en materia de gobierno corporativo en este blog: la presencia de mujeres en los Consejos de Administración. Lo hago con ocasión de la nota de prensa publicada ayer por la Comisión Europea que informa de distintas iniciativas de la Comisaria de Justicia Viviane Reding. Al parecer, la Comisaria no se muestra satisfecha con la evolución que registra la presencia de mujeres en los Consejos de Administración de las empresas europeas, que cuestiona las medidas impulsadas hasta ahora. 

martes, 19 de junio de 2012

Próxima reforma de la regulación del transporte terrestre


La reseña de lo tratado en la reunión del Consejo de Ministros del pasado viernes 15 de junio, incluye una nota sobre la inminente modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. En esta materia contamos con una norma de alcance general (la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres), con un contenido en el que confluyen normas públicas y privadas regulatorias del transporte terrestre. El Ministerio de Fomento ha elaborado un Anteproyecto de Ley que busca mejorar la competitividad y eficiencia de este sector, apuntando que la Ley de 1987 ha quedado superada por varios aspectos actuales del transporte por carretera. 

lunes, 18 de junio de 2012

Compraventa de empresas: negociación y ruptura

En materia de compra venta de empresas (entendida en un sentido amplio) y las vicisitudes que acompañan la negociación de los contratos correspondientes, su naturaleza y cumplimiento, no son frecuentes las resoluciones judiciales. Probablemente porque las discrepancias suelen canalizarse por procedimientos arbitrales. Por eso es interesante la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª) de 20 de marzo de 2012 (RJ 2012\168267). 

Seminario Administrativo Mercantil


En el blog Mercantil desde la Complutense se ofrece una amable crónica de la última sesión del Seminario conjunto de los Departamentos de Derecho administrativo y Derecho mercantil, en la que tuve la oportunidad de presentar algunas reflexiones con respecto a la influencia de la legislación del sector eléctrico sobre la actividad y gestión de las empresas que participan en el mismo. Lo único que deseo añadir es la grata y enriquecedora experiencia que ha supuesto el Seminario como punto de encuentro con los colegas administrativistas, que nos ha permitido a todos analizar problemas jurídicos de actualidad desde una doble perspectiva. Por ello estoy seguro de que el curso que viene seguiremos con este Seminario y confío que otros colegas se animen a ilustrarnos con algunos de los muchos problemas en los que se plasma la confluencia de normas públicas y privadas.

Madrid, 18 de junio de 2012

viernes, 15 de junio de 2012

Criterios unificados de la AP de Madrid


A través de la web del Colegio de Abogados de Madrid se puede acceder a los distintos Acuerdos de Unificación de Criterios del Orden Civil de la Audiencia Provincial de Madrid, en su actualización más reciente que, salvo error, sigue siendo la adoptada el pasado mes de octubre de 2011. Como el documento explica, los distintos acuerdos adoptados por el Tribunal han sido de muy distinta naturaleza y alcance, pero sin duda resultan extremadamente interesantes con relación, entre otras materias, a determinados procedimientos vinculados con la actividad mercantil, como pueden ser los criterios adoptados con relación a los juicios cambiario y monitorio o también con relación a los procedimientos arbitrales, a la ejecución de los correspondientes laudos o a la impugnación de los mismos. A modo ilustrativo, reproduzco algunos de los criterios tratados:

Nuevo Reglamento del folleto y demás documentos


Una de las iniciativas más transcendentes en el ámbito de la regulación de los mercados de valores por parte del Derecho europeo fue la tendente a la armonización a los requisitos de transparencia exigidos a las sociedades emisoras de valores. El núcleo de esta regulación quedó plasmado en su día en la Directiva 2004/109/CE, que a su vez modificó algunas disposiciones anteriores. En el desarrollo de esa Directiva se aprobó el Reglamento nº 809/2004. Con fecha 30 de marzo de 2012, la Comisión Europea ha aprobado el Reglamento Delegado nº 486/2012 por el que se modifica el anterior Reglamento, en lo que se refiere al formato y al contenido del folleto, del folleto base, de la nota de síntesis y de las condiciones finales en cuanto a los requisitos de información (DOUE L 150, 9 de junio 2012, pp. 1-65). 

lunes, 11 de junio de 2012

Asistencia financiera: los elementos que justifican su sanción administrativa


No son frecuentes las resoluciones de nuestros Tribunales en materia de asistencia financiera. Es probable que ello se deba, en primer lugar, a la escasez de situaciones en las que se plantea la pretensión de declaración de nulidad de operaciones que impliquen tal asistencia por contravenir la prohibición establecida en el art. 150 de la vigente Ley de Sociedades de Capital. En segundo término, el régimen sancionador aplicable a las infracciones en esta materia atribuye la competencia para la instrucción al Ministerio de Economía (para las sociedades limitadas) y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), para las sociedades anónimas. Podrá alegarse que bastante trabajo tiene la CNMV para llevar a cabo, junto a otras funciones, la supervisión de las sociedades cotizadas, como para adentrarse en la supervisión de eventuales supuestos de asistencia financiera en cualquier sociedad anónima.

viernes, 8 de junio de 2012

Nuevo número de la RDM


Se ha publicado un nuevo número de la Revista de Derecho Mercantil (RDM 283, 2012). Su sumario puede consultarse a través de dialnet.

Dos breves comentarios con respecto a este número. El primero se refiere a las varias contribuciones que evocan la figura del Profesor Muñoz Planas. Especialmente emotivas son las que firman sus hijos, los Profesores José María y  Maria Luisa Muñoz Paredes.

El segundo comentario sirva para destacar la nueva etapa que ha inaugurado la RDM. Ésta se aprecia en su renovado formato y en la pluralidad de contribuciones de interés.

Madrid, 8 de junio de 2012

jueves, 7 de junio de 2012

Vuelven los blindajes


Como colofón de las numerosas informaciones y columnas de opinión sobre la difícil situación en la que se encontraban muchas sociedades españolas como consecuencia de la bajada sensible de los índices de cotización bursátil, la prensa de ayer y de hoy ofrecían una amplísima cobertura a las enmiendas introducidas por el Grupo Parlamentario Popular en el Proyecto de Ley de Simplificación de las Obligaciones de Información y Documentación de Fusiones y Escisiones de Sociedades, procedente del Real Decreto Ley 9/2012, de 16 de marzo. 

Las varias manifestaciones del capitalismo



Hace algunos días leí en The Washington Post una interesante columna de Steven Pearlstein titulada “Identity crisis for American capitalism”. Lo más llamativo de dicha opinión era la evidencia acerca de cómo la economía capitalista y el funcionamiento de las empresas no da lugar siempre a una realidad constante inalterable, sino que son frecuentes las visiones de este mismo sistema desde perspectivas diversas. A lo largo de la historia, recuerda el autor, el entendimiento de lo que constituía el sistema capitalista ha ofrecido manifestaciones distintas, que reflejan la preeminencia en cada momento de algunos de los intereses vinculados con el funcionamiento de una empresa. 

martes, 5 de junio de 2012

EE.UU.: tarjetas prepago y tutela del consumidor


El Consumer Financial Protection Bureau (CFPB), cuya creación e iniciativas he hecho referencia en anteriores ocasiones, es el órgano encargado de la tutela de los intereses financieros de los consumidores estadounidenses. A través de su página web anunció su intención de proponer una futura regulación de las tarjetas de prepago (también conocidas como tarjetas recargables o “monedero electrónico”). Se trata de un producto que acredita un considerable crecimiento en los últimos años en el mercado norteamericano: 

lunes, 4 de junio de 2012

El Profesor Manuel Olivencia: Hijo Adoptivo de Sevilla


El Profesor Manuel Olivencia recibió hace pocos días un especial reconocimiento: su nombramiento como Hijo Adoptivo de Sevilla. ¡Nada menos! Una distinción extraordinaria, sobre cuya solemne entrega puede leerse la crónica publicada en el ABC de Sevilla, que relataba que el pergamino que recibió el Profesor figuraban algunas referencias a algunos de los hitos en la labor y dedicación del Maestro: el Código Olivencia, “ius mercatorum”, “par conditio creditorum”. Con estas líneas quiero dejar constancia de mi felicitación al nuevo Hijo Adoptivo de la capital andaluza.

Más normas para las agencias de rating


Pasan los meses y, por suerte o por desgracia, las agencias de calificación crediticia siguen copando las primeras planas de la actualidad. Al margen de la cobertura informativa que merecen sus valoraciones y de las reacciones más o menos coléricas hacia algunas de ellas, no estará de más resaltar que continúa el proceso tendente a adaptar el funcionamiento de estas agencias a un nuevo marco normativo. El pasado 30 de mayo de 2012 aparecieron publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea un total de cuatro Reglamentos Delegados dedicados a las agencias de calificación crediticia, todos ellos de fecha 21 de marzo de 2012. Son Reglamentos que complementan el Reglamento 1060/2009, incorporado a nuestro ordenamiento por medio de la Ley 15/2011, de 16 de junio, que citamos aquí.

La junta general y el concurso: un libro de Aurora Martínez Flórez


La Profesora Aurora Martínez Flórez acaba de publicar un libro titulado La Junta General de la Sociedad Concursada [Cizur Menor (2012), 258 pp.], como nº 30 de los Estudios de Derecho concursal que edita Cívitas y que dirige el Profesor Ángel Rojo. Se trata de un libro interesante y recomendable por doble motivo. El primero por el tema que aborda y que, a pesar de las reformas, sigue siendo uno de los que reclaman mayor atención a la hora de interpretar la aplicación de la Ley Concursal. Me refiero al punto de conexión entre el Derecho de la insolvencia y el Derecho de sociedades, que cuenta con un referente o respaldo empírico incuestionable en las cifras que ponen de manifiesto que la gran mayoría de los concursos de acreedores son protagonizados por sociedades mercantiles y, en particular, sociedades de capital.