Vuelvo con otro de los temas también
manidos en el capítulo de gobierno corporativo como es el del pago de los
ejecutivos y, en especial de los consejeros delegados. Lo hago al hilo de una
breve referencia que aparecía en la Lex
column del Financial Times del
pasado 2 de junio de 2012 (“Executive pay”) y que conducía a un reciente
estudio elaborado por Pricewaterhouse Coopers (PwC) con la colaboración de
algunos docentes de la London School of
Economics. El estudio puede consultarse aquí.
Algunas de sus conclusiones se recogían en la nota
de prensa de 31 de mayo de 2012, elaborada por la propia PwC.
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viernes, 29 de junio de 2012
jueves, 28 de junio de 2012
Más sobre el art. 348 bis LSC
Un amable y diligente lector me hace
llegar sus comentarios a la entrada
precedente sobre este tema que, por su interés y oportunidad, me permito
reproducir aquí:
“Esta disposición suspensiva tiene su origen
en una enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
presentada el 10 de mayo de 2012. Asimismo, presentó otra enmienda muy
interesante de nueva redacción del artículo 348 bis, en la que se tienen en
cuenta las circunstancias económicas que pueden llevar a la sociedad a no
repartir el dividendo previsto en el citado artículo 348 bis (que perjudique el
interés social o suponga el incumplimiento de las obligaciones de la sociedad
frente a terceros). Asimismo, en lugar de establecer la obligatoriedad, a
instancias de la minoría, de repartir todos los años un tercio de los
beneficios, esta enmienda se refiere al reparto de un dividendo razonable.
Previamente, la
Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados, aprobó
también la Proposición no de Ley, presentada por el mismo Grupo Parlamentario,
por la que se insta al Gobierno, dentro del marco del nuevo Código Mercantil
que se está elaborando desde el Ministerio de Justicia, a la modificación del
referido artículo 348 bis”.
Madrid,
28 de junio de 2012
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Derecho de sociedades
De nuevo: cómo entendemos la responsabilidad concursal
Cuál es la responsabilidad que cabe
exigir a los administradores de una sociedad insolvente es cuestión que debiera
estar resuelta desde el primer momento de vigencia de la LC. En especial cuando
se produce la calificación culpable del
concurso y se constata la existencia de un déficit patrimonial, es decir, la
insuficiencia de la masa activa para hacer frente a la pasiva.
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Derecho concursal
miércoles, 27 de junio de 2012
Sobre el capital social
Hay
libros que son recomendables por el tema tratado. La recomendación resulta preceptiva cuando la publicación es oportuna
y, sobre todo, cuando el contenido del libro resulta satisfactorio por la
calidad de la exposición que ofrece. Es lo que sucede con el libro publicado
recientemente por Heliodoro Sánchez Rus [El
capital social. Presente y futuro, Cizur Menor (2012), 775 páginas]. El
autor es un conocido Registrador mercantil y la obra es su tesis doctoral, con
lo que nos encontramos con la nota singular de que la tesis doctoral no es,
como con frecuencia sucede en el ámbito académico, una primera obra de
presentación de su autor, sino la expresión de la experiencia acumulada a lo
largo de mucho tiempo por un cualificado profesional, traducida en un riguroso
estudio de uno de los fundamentos del régimen de las sociedades de capital
(precisamente, el que aflora en su denominación), con relevancia organizativa,
patrimonial o de responsabilidad que, sin embargo, no ha sido objeto de una
correspondiente atención.
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Derecho de sociedades
martes, 26 de junio de 2012
El art. 348 bis, LSC, suspendido
En
el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado se publicó el texto de la Ley
1/2012, de 22 de junio de
simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y
escisiones de sociedades de capital. No voy a incidir en la
falta, repetidamente denunciada, de un criterio que permita entender en su
integridad las sucesivas reformas de nuestro Derecho de sociedades y, sobre todo,
que su realización no implique una perturbación sistémica de esa disciplina.
Remito al lector a algunas entradas en los blogs que desde aquí pueden
enlazarse como la muy reciente de Jorge Miquel sobre “La
reforma de la reforma”. Es manifiesto que la armonización con las normas
europeas impulsa tales reformas, pero lo es igualmente que nuestro legislador
las aprovecha para introducir soluciones nuevas.
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Derecho de sociedades
lunes, 25 de junio de 2012
Derechos de autor, Derecho penal y Derecho de la Unión Europea
Para quien tenga interés por analizar
la relación existente entre el Derecho de la Unión Europea y la regulación de
algunas de sus libertades fundamentales, de un lado, y el Derecho penal, de otro,
es recomendable la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE),
de 21 de junio de 2012, en el asunto C-5/11 (Titus Alexander Jochen Donner). Allí se analizaba la relación
existente entre la tutela penal de los derechos de autor y el principio de
libre circulación de mercancías, cuyo resumen recoge el comunicado
de prensa nº 84/12 de la misma fecha.
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Propiedad industrial
Sobre la (nueva) CECA
La Confederación
Española de Cajas de Ahorros es objeto de regulación en el Titulo III de la Ley 31/1985, de 2 de agosto.
Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro
(BOE de 9). Ese estatuto va a ser objeto de profunda modificación por medio de
los acuerdos propuestos a su Asamblea General, de acuerdo con la convocatoria
publicada en el BOE de 22 de junio de 2012. El cambio es el mismo que vienen
sufriendo las entidades representadas en CECA: su tránsito a bancos privados.
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Instituciones financieras
miércoles, 20 de junio de 2012
Mujeres y Consejos de Administración
Vuelvo sobre uno de los “clásicos” en materia de gobierno
corporativo en este blog: la presencia de mujeres en los Consejos de
Administración. Lo hago con ocasión de la nota
de prensa publicada ayer por la Comisión Europea que informa de distintas
iniciativas de la Comisaria de Justicia Viviane Reding. Al parecer, la
Comisaria no se muestra satisfecha con la evolución que registra la presencia
de mujeres en los Consejos de Administración de las empresas europeas, que
cuestiona las medidas impulsadas hasta ahora.
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Administradores,
Gobierno corporativo
martes, 19 de junio de 2012
Próxima reforma de la regulación del transporte terrestre
La reseña de lo tratado en la reunión
del Consejo de Ministros del pasado viernes 15 de junio, incluye una nota sobre
la inminente modificación
de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. En esta materia contamos
con una norma de alcance general (la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación
de los Transportes Terrestres), con un contenido en el que confluyen normas
públicas y privadas regulatorias del transporte terrestre. El Ministerio de
Fomento ha elaborado un Anteproyecto de Ley que busca mejorar la competitividad
y eficiencia de este sector, apuntando que la Ley de 1987 ha quedado superada
por varios aspectos actuales del transporte por carretera.
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Derecho del Transporte
lunes, 18 de junio de 2012
Compraventa de empresas: negociación y ruptura
En materia de compra venta de empresas (entendida en un
sentido amplio) y las vicisitudes que acompañan la negociación de los contratos
correspondientes, su naturaleza y cumplimiento, no son frecuentes las resoluciones
judiciales. Probablemente porque las discrepancias suelen canalizarse por
procedimientos arbitrales. Por eso es interesante la Sentencia de la Audiencia
Provincial de Madrid (Sección 14ª) de 20 de marzo de 2012 (RJ 2012\168267).
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Contratos mercantiles
Seminario Administrativo Mercantil
En el blog Mercantil desde la
Complutense se ofrece una amable crónica de la última sesión del Seminario
conjunto de los Departamentos de Derecho administrativo y Derecho mercantil, en
la que tuve la oportunidad de presentar algunas reflexiones con respecto a la
influencia de la legislación del sector eléctrico sobre la actividad y gestión
de las empresas que participan en el mismo. Lo único que deseo añadir es la
grata y enriquecedora experiencia que ha supuesto el Seminario como punto de encuentro
con los colegas administrativistas, que nos ha permitido a todos analizar
problemas jurídicos de actualidad desde una doble perspectiva. Por ello estoy
seguro de que el curso que viene seguiremos con este Seminario y confío que
otros colegas se animen a ilustrarnos con algunos de los muchos problemas en
los que se plasma la confluencia de normas públicas y privadas.
Madrid, 18 de junio de 2012
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Facultad
viernes, 15 de junio de 2012
Criterios unificados de la AP de Madrid
A través de la web del Colegio de Abogados de Madrid se puede acceder a los
distintos Acuerdos
de Unificación de Criterios del Orden Civil de la Audiencia Provincial de
Madrid, en su actualización más reciente que, salvo error, sigue siendo la
adoptada el pasado mes de octubre de 2011. Como el documento explica, los
distintos acuerdos adoptados por el Tribunal han sido de muy distinta
naturaleza y alcance, pero sin duda resultan extremadamente interesantes con
relación, entre otras materias, a determinados procedimientos vinculados con la
actividad mercantil, como pueden ser los criterios adoptados con relación a los
juicios cambiario y monitorio o también con relación a los procedimientos
arbitrales, a la ejecución de los correspondientes laudos o a la impugnación de
los mismos. A modo ilustrativo, reproduzco algunos de los criterios tratados:
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Derecho mercantil
Nuevo Reglamento del folleto y demás documentos
Una de las iniciativas más
transcendentes en el ámbito de la regulación de los mercados de valores por
parte del Derecho europeo fue la tendente a la armonización a los requisitos de
transparencia exigidos a las sociedades emisoras de valores. El núcleo de esta
regulación quedó plasmado en su día en la Directiva 2004/109/CE, que a su vez
modificó algunas disposiciones anteriores. En el desarrollo de esa Directiva se
aprobó el Reglamento nº 809/2004. Con fecha 30 de marzo de 2012, la Comisión
Europea ha aprobado el Reglamento
Delegado nº 486/2012 por el que se modifica el anterior Reglamento, en lo
que se refiere al formato y al contenido del folleto, del folleto base, de la
nota de síntesis y de las condiciones finales en cuanto a los requisitos de
información (DOUE L 150, 9 de junio 2012, pp. 1-65).
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Mercado de valores
lunes, 11 de junio de 2012
Asistencia financiera: los elementos que justifican su sanción administrativa
No son
frecuentes las resoluciones de nuestros Tribunales en materia de asistencia
financiera. Es probable que ello se deba, en primer lugar, a la escasez de
situaciones en las que se plantea la pretensión de declaración de nulidad de
operaciones que impliquen tal asistencia por contravenir la prohibición
establecida en el art. 150 de la vigente Ley de Sociedades de Capital. En
segundo término, el régimen sancionador aplicable a las infracciones en esta
materia atribuye la competencia para la instrucción al Ministerio de Economía
(para las sociedades limitadas) y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores
(CNMV), para las sociedades anónimas. Podrá alegarse que bastante trabajo tiene
la CNMV para llevar a cabo, junto a otras funciones, la supervisión de las
sociedades cotizadas, como para adentrarse en la supervisión de eventuales
supuestos de asistencia financiera en cualquier sociedad anónima.
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Derecho de sociedades,
Mercado de valores
viernes, 8 de junio de 2012
Nuevo número de la RDM
Se ha publicado un nuevo número de la
Revista de Derecho Mercantil (RDM 283, 2012). Su sumario puede consultarse a
través de dialnet.
Dos breves comentarios con respecto a
este número. El primero se refiere a las varias contribuciones que evocan la
figura del Profesor
Muñoz Planas. Especialmente emotivas son las que firman sus hijos, los
Profesores José María y Maria Luisa Muñoz Paredes.
El segundo comentario sirva para
destacar la nueva etapa que ha inaugurado la RDM. Ésta se aprecia en su
renovado formato y en la pluralidad de contribuciones de interés.
Madrid, 8 de junio de 2012
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Derecho mercantil
jueves, 7 de junio de 2012
Vuelven los blindajes
Como colofón de las numerosas
informaciones y columnas de opinión sobre la difícil situación en la que se
encontraban muchas sociedades españolas como consecuencia de la bajada sensible
de los índices de cotización bursátil, la prensa de ayer y de hoy ofrecían una
amplísima cobertura a las enmiendas introducidas por el Grupo Parlamentario
Popular en el Proyecto de Ley de Simplificación de las Obligaciones de
Información y Documentación de Fusiones y Escisiones de Sociedades, procedente
del Real Decreto Ley 9/2012, de 16 de marzo.
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Sociedades cotizadas
Las varias manifestaciones del capitalismo
Hace algunos días leí en The Washington Post una interesante
columna de Steven Pearlstein titulada “Identity
crisis for American capitalism”. Lo más llamativo de dicha opinión era la
evidencia acerca de cómo la economía capitalista y el funcionamiento de las
empresas no da lugar siempre a una realidad constante inalterable, sino que son
frecuentes las visiones de este mismo sistema desde perspectivas diversas. A lo
largo de la historia, recuerda el autor, el entendimiento de lo que constituía
el sistema capitalista ha ofrecido manifestaciones distintas, que reflejan la
preeminencia en cada momento de algunos de los intereses vinculados con el
funcionamiento de una empresa.
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Derecho de sociedades,
Derecho mercantil
martes, 5 de junio de 2012
EE.UU.: tarjetas prepago y tutela del consumidor
El Consumer
Financial Protection Bureau (CFPB), cuya creación e iniciativas he hecho
referencia en anteriores ocasiones, es el órgano encargado de la tutela de los
intereses financieros de los consumidores estadounidenses. A través de su
página web anunció su intención de
proponer una futura
regulación de las tarjetas de prepago (también conocidas como tarjetas
recargables o “monedero electrónico”).
Se trata de un producto que acredita un considerable crecimiento en los últimos
años en el mercado norteamericano:
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Consumidores,
Instituciones financieras
lunes, 4 de junio de 2012
El Profesor Manuel Olivencia: Hijo Adoptivo de Sevilla
El Profesor Manuel
Olivencia recibió hace pocos días un especial reconocimiento: su nombramiento
como Hijo Adoptivo de Sevilla. ¡Nada menos! Una distinción extraordinaria,
sobre cuya solemne entrega puede leerse la crónica publicada en el ABC
de Sevilla, que relataba que el pergamino que recibió el Profesor figuraban
algunas referencias a algunos de los hitos en la labor y dedicación del
Maestro: el Código Olivencia, “ius
mercatorum”, “par conditio creditorum”.
Con estas líneas quiero dejar constancia de mi felicitación al nuevo Hijo
Adoptivo de la capital andaluza.
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Derecho mercantil
Más normas para las agencias de rating
Pasan los meses y, por suerte o por
desgracia, las agencias de calificación crediticia siguen copando las primeras
planas de la actualidad. Al margen de la cobertura informativa que merecen sus
valoraciones y de las reacciones más o menos coléricas hacia algunas de ellas,
no estará de más resaltar que continúa el proceso tendente a adaptar el
funcionamiento de estas agencias a un nuevo marco normativo. El pasado 30 de
mayo de 2012 aparecieron publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea un
total de cuatro Reglamentos Delegados dedicados a las agencias de calificación crediticia,
todos ellos de fecha 21 de marzo de 2012. Son Reglamentos que complementan el
Reglamento 1060/2009, incorporado a nuestro ordenamiento por medio de la Ley
15/2011, de 16 de junio, que citamos aquí.
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Agencias de calificación
La junta general y el concurso: un libro de Aurora Martínez Flórez
La Profesora Aurora Martínez Flórez
acaba de publicar un libro titulado La
Junta General de la Sociedad Concursada [Cizur Menor (2012), 258 pp.], como nº 30 de los Estudios de Derecho
concursal que edita Cívitas y que dirige el Profesor Ángel Rojo. Se trata de un
libro interesante y recomendable por doble motivo. El primero por el tema que
aborda y que, a pesar de las reformas, sigue siendo uno de los que reclaman
mayor atención a la hora de interpretar la aplicación de la Ley Concursal. Me
refiero al punto de conexión entre el Derecho de la insolvencia y el Derecho de
sociedades, que cuenta con un referente o respaldo empírico incuestionable en
las cifras que ponen de manifiesto que la gran mayoría de los concursos de
acreedores son protagonizados por sociedades mercantiles y, en particular,
sociedades de capital.
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Derecho concursal,
Derecho de sociedades
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