Buscar este blog

lunes, 21 de enero de 2013

Las reformas de la Ley de Sociedades de Capital



Se ha publicado a finales del pasado año 2012 la segunda edición del libro Las Reformas de la Ley de Sociedades de Capital: (Real Decreto Ley 13/2010, Ley 2/2011, Ley 25/2011 y Ley 1/2012), Cizur Menor (2012), 875 pp.


Lo primero que debo destacar es que esta segunda edición se ha publicado apenas seis meses desde que se publicara la primera edición del libro. La cercanía entre ediciones se debe al éxito editorial de esta obra, que ha tenido una magnífica acogida por cuanto facilita a los estudiosos del Derecho de sociedades una ordenada exposición de los cambios que se han producido en dicho la Ley de Sociedades de Capital (LSC) desde su no lejana promulgación en el año 2010. Es un libro en el que confluyen profesores de distintas Universidades que bajo la dirección de los Profesores Fernando Rodríguez Artigas, Ignacio Farrando y Francisco González Castilla.

Sin perjuicio de lo anterior, recomiendo la lectura del prólogo a esta reciente edición, pues allí encontrará el lector algunas ideas acertadas y que invitan a reflexionar sobre la situación de nuestro Derecho de sociedades en estos últimos años. Para quienes con manifiesta ingenuidad esperábamos que la aprobación de la LSC supusiera la culminación del trabajo de muchos años en la depuración de nuestro ordenamiento y en la introducción de una norma llamada a perdurar y a modular una parte fundamental de la legislación mercantil, no deja de ser sorprendente que la LSC empiece a ser conocida por sus reformas.

En el citado prólogo repiten los directores lo que es notorio: que vivimos un continuo y desbocado proceso de reforma de esa disposición de tal manera que cuando el legislador español acaba de incorporar los cambios más recientes, ya se vislumbran en el horizonte nuevos cambios. Es lo que sucede en este momento desde la perspectiva de la necesaria armonización con el Derecho europeo y a la vista de las importantes medidas que ha anunciado la Comisión europea en su reciente Plan de Acción 2012. La cuestión a plantear es si ese cambio va a parar en algún momento o si el Derecho de sociedades está abocado a una suerte de permanente reforma.

Con independencia de esa reforma normativa constante, es evidente que el libro que comento ofrece una visión fundamental de aquellos aspectos del régimen de las sociedades de capital que han concentrado el mayor impacto de las recientes reformas. Me refiero al funcionamiento de los órganos sociales, destacadamente al de la junta general y a la regulación que se ha hecho de los derechos de los accionistas vinculados con su participación en la junta. El libro ofrece muchos otros cambios recientes con respecto a sociedades de capital en general o con respecto a las sociedades cotizadas que permiten una visión completa de la situación actual de la disciplina.

Madrid, 21 de enero de 2013