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viernes, 16 de enero de 2015

Jornada sobre responsabilidad de administradores



Tengo la suerte de participar en una “Jornada sobre responsabilidad de los administradores”, dirigida por el Magistrado Alfonso Muñoz Paredes y organizada por Thomson Reuters Aranzadi. Los datos relativos a la fecha, lugar y programa pueden consultarse aquí.


El alcance de los cambios introducidos por la Ley 31/2014 en la Ley de Sociedades de Capital va a motivar (quizás debiera decir que va a seguir motivando) la celebración de múltiples iniciativas como la de la Jornada que reseño. Destaca el régimen aplicable a la responsabilidad de los administradores en dónde los cambios en la normativa societaria se unen a los introducidos en las reformas concursales recientes y que dibujan un nuevo marco de responsabilidad.

Hablaré sobre la “Legitimación de la minoría para promover y entablar la acción social de responsabilidad”. Como ya he escrito en otro lugar, el régimen precedente aplicable a ese supuesto, no estaba exento de dudas. A ello se suma la reforma del artículo 239 LSC que destaca por la distinción que introduce a la hora de permitir a la minoría entablar la acción social en función del deber que considere infringido por el administrador demandado. La infracción del deber de lealtad puede motivar esa acción sin necesidad de someter previamente su ejercicio a un acuerdo de la junta.

Madrid, 16 de enero de 2015