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martes, 15 de abril de 2014

La labor futura de UNCITRAL en materia de insolvencia



Como he hecho a través de entradas precedentes, quiero hacerme eco de la marcha de los trabajos que lleva desarrollando el Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) de UNCITRAL con respecto a los posibles temas para su labor futura. 


Se está produciendo en la armonización internacional del Derecho de insolvencia en estos últimos años una tendencia consistente en que las soluciones que se diseñan en aquel ámbito acaban incidiendo no sólo en la práctica, sino también en las legislaciones  nacionales. Por eso resulta merecedora de atención esa futura labor.

En el documento que recoge el desarrollo de las sesiones en la reunión del Grupo que tuvo lugar a finales del mes de diciembre de 2013, se destacan algunas cuestiones que pueden constituir el núcleo de esa posible labor futura. Me limito a transcribir los epígrafes que se explican en el correspondiente documento elaborado por la Secretaría (A/CN.9/798) y que puede consultarse en la página web del Grupo de Trabajo:

 “A.  Elección del derecho aplicable.

B.   Cuestiones relativas a los acreedores y las reclamaciones.

C.  Tratamiento de los contratos financieros y la compensación global por saldos netos en casos de insolvencia.

D.   Reglamentación de los profesionales de la insolvencia.

E.   Ejecución de sentencias derivadas de casos de insolvencia.

F. Tratamiento de la propiedad intelectual en casos de insolvencia transfronteriza”.

De entre ellos, el Grupo acordó abordar con carácter prioritario el reconocimiento y el ejercicio de las sentencias derivadas de casos de insolvencia. Otras cuestiones cuya importancia se reconoce son: el tratamiento de los contratos financieros y la compensación global por saldos netos en casos de insolvencia, y el tratamiento de la propiedad intelectual en casos de insolvencia transfronteriza.

Madrid, 15 de abril de 2014