Hace
unos días publiqué una entrada
en la que expresaba mi relativa sorpresa por el anuncio de una próxima reforma
concursal que prácticamente iba a solaparse a la que todavía estamos asimilando
y que introdujo el importante Real Decreto ley 4/2014. Aquella noticia la
basaba en informaciones publicadas en la prensa económica al hilo de un informe
del Fondo Monetario Internacional (FMI) que no fui capaz de encontrar.
Hoy
se ha colgado en algunos medios de comunicación (yo la he tomado de la portada
de la versión digital de El País) la Declaración
Final de la Misión del FMI tras su última visita. En ese documento aparecen
algunas de las recomendaciones que apuntan a la reforma de nuestra legislación
concursal. Ha de subrayarse que esas recomendaciones se ven precedidas por otras a favor de facilitar las
reestructuraciones de deuda a todo tipo de deudores:
“Las
empresas han sufrido una constante presión para reducir costes, incluyendo
recortes de plantilla. El necesario proceso de reducción de la deuda
empresarial podría ayudar a crecer y a crear empleo si dicho proceso es apoyado
por los acreedores, reestructurando el exceso de deuda de empresas
operacionalmente viables. Todas las partes implicadas en estos procesos pueden
ganar si se mitiga esta fuente de presión financiera para las empresas y se
favorece su crecimiento. La experiencia internacional sugiere que una
estrategia holística, catalizada por el sector público pero que incluya a todos
las partes interesadas, puede acelerar el proceso sin menoscabar la cultura de
pago. Por ejemplo, los bancos podrían acordar un código de conducta
voluntario, similar al de las personas físicas, que ofreciera a las pymes
altamente endeudadas pero viables operacionalmente, un menú de opciones
estandarizadas de reestructuración. Dado el amplio interés público en
liberar el potencial de crecimiento de dichas empresas, el gobierno debería
participar también, por ejemplo, permitiendo que las deudas tributarias y ante
la seguridad social sean reestructuradas a niveles sostenibles si otros
acreedores hacen lo mismo, sin dañar el cumplimiento de las obligaciones
fiscales”.
Subrayo
la apelación dirigida a los acreedores públicos, a los que se pide un
acercamiento a la posición de los demás acreedores.
En
cuando a la reforma concursal propiamente dicha se sugiere, una vez más,
atender a soluciones comparadas, que se consideran eficaces:
“La
reducción de la deuda también debería facilitarse reforzando aún más el marco
de insolvencias, partiendo de las mejoras recientes al mismo, con un énfasis
especial en ayudar a las pymes, incluyendo empresarios individuales. En este
sentido, se podría considerar introducir un marco de insolvencia personal que
permitiera a los deudores insolventes un “fresh-start”
después de haber entregado sus activos embargables y tras un periodo
considerable de esfuerzo de buena fe para hacer frente a sus deudas pendientes.
La experiencia en otros países europeos ha mostrado que un marco así puede
diseñarse para que también sea de interés para el sector financiero y preserve
la fuerte cultura de pago española”.
Madrid,
27 de mayo de 2014