Los
Magistrados de lo Mercantil de Madrid han difundido el documento que recoge las
conclusiones que adoptaron en reuniones celebradas el pasado mes de noviembre
sobre Unificación
de criterios de aplicación de las reformas de la Ley concursal operadas por el
Real Decreto-Ley 11/2014 y la Ley 17/2014. Un documento de consulta
obligada por la propia importancia de esos Juzgados y, además, por el interés
de las cuestiones que se plantean y los criterios que las resuelven.
Transcribo
aquí el sumario:
“Previo.
I.- Cuestiones relativas al artículo 5 bis de la Ley Concursal. II.- Cuestiones
relativas a la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Concursal. III.-
Cuestiones relativas al artículo 71 bis de la Ley Concursal. IV.- Cuestiones
relativas al convenio concursal. V.- Cuestiones relativas a la subordinación de
créditos. VI.- Cuestiones relativas a la calificación del concurso. VII.-
Cuestiones relativas a la venta de la unidad productiva en cualquier
fase del concurso. VIII.- Cuestiones relativas a la liquidación”.
Alguna referencia adicional puede
encontrarse en la crónica que el Magistrado D. Carlos Nieto publicó en El
Economista.
Madrid, 16 de diciembre de 2014