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jueves, 4 de julio de 2013

La responsabilidad civil de abogados



Los últimos años han puesto de manifiesto un mayor número de casos de responsabilidad civil contra abogados. Esto puede observarse  en nuestros repertorios jurisprudenciales, debiendo destacarse las decisiones de la Sala Primera del Tribunal Supremo que han consolidado lo que podríamos llamar los fundamentos o presupuestos de la responsabilidad civil del abogado. Responsabilidad  que suele plantearse con frecuencia ante situaciones de falta de diligencia vinculada con circunstancias objetivas, como que ha transcurrido el plazo para la presentación de un escrito o la interposición de un recurso y  cuya ignorancia supone la pérdida de oportunidad del cliente. 


También se plantea en el plano informativo la incidencia que en esa exigencia de responsabilidad puede tener la situación de crisis económica y  el incremento de los costes judiciales. Esto lo ponía de manifiesto el artículo de Mercedes Serraller, "La crisis y las tasas endurecen el control sobre los abogados", publicado en Expansión, en el que facilitaba un dato estadístico indicativo.  En los Colegios de Madrid y Barcelona las quejas recibidas por sus Comisiones de deontología se habían incrementado en 2012 un 80  y un 100 por 100 con respecto al ejercicio precedente. También indicaba  que durante el año 2013, a pesar de la reducción del número  general de litigios, los datos que manejaba el Consejo General del Poder Judicial permitían afirmar que las quejas contra abogados no se rebajaban.

En esa evolución hay un riesgo  consistente en el mal entendimiento del  fundamento de la responsabilidad civil del abogado. Me refiero a  la expectativa que razonablemente puede albergar un cliente a partir del mandato conferido a un abogado para que gestione y defienda sus intereses. El principio básico es  que estamos ante una obligación de medios, nunca de resultado. Pero este matiz  se ignora en ocasiones ante la ceguera que provoca  que se haya perdido el pleito y se busque cualquier tipo de posibilidad de obtener una compensación  disparando” contra el abogado. Es a los Tribunales a los que corresponderá mantener con claridad este fundamental principio y zanjar así demandas temerarias contra abogados para cuya interposición (“perro sí come perro”) siempre habrá colegas dispuestos.  

El asunto está incidiendo en el ejercicio de la profesión de abogado y provocando que sean mayores las coberturas que  por vía de contratos de seguro solicitan los abogados. Esto sucede en España pero en una medida mayor en otras jurisdicciones. Es interesante la crónica que incluía el pasado 17 de junio en su Law Blog The Wall Street Journal "Lawyers Behaving Badly? Malpractice Claims Up in 2012" al reflejar el notable incremento que se ha producido en las reclamaciones por responsabilidad profesional contra abogados a pesar de haber dejado atrás la crisis económica. Los datos que facilitaba esta crónica estaban tomados de la información facilitada por las principales aseguradoras.

Madrid, 4 de julio de 2013