La reforma de la Ley Concursal (LC) parece que va a culminar antes de la disolución del Parlamento por la anunciada convocatoria electoral. En el suplemento Mercados del Diario El Mundo del pasado domingo 18 de septiembre, dos especialistas en materia concursal como Emilio Beltrán y Esperanza Gallego publicaban un artículo conjunto titulado Sombras en la Ley Concursal.
El artículo es una valoración de los principales aspectos negativos y positivos que contiene la reforma a juicio de ambos autores. Sin embargo, donde creo que su opinión tiene una mayor contundencia y revela un elemental sentido común es en la llamada a dotar a nuestros Juzgados mercantiles (los existentes y los nuevos) de medios adecuados para aplicar la LC. Convendrá recordar las entradas que en este blog han ido explicando la fría estadística en materia de concursos para advertir hasta qué punto lo que se pide a nuestros Juzgados de lo mercantil es imposible en la situación actual. Me permito transcribir algunos párrafos del artículo citado:
“Sin embargo, no se puede sobreestimar el efecto que tendrán dichas modificaciones, porque lo cierto es que la expectativa de acabar con los problemas de las empresas en situación concursal con una mera reforma legislativa es ilusoria: la falta de medios de la Administración de Justicia seguirá siendo un lastre para la salvaguarda de los intereses de los acreedores y para la conservación de la actividad empresarial. El gran vicio de nuestro sistema se encuentra en la saturación judicial. Ninguna ley puede cumplir eficazmente sus fines si no es correctamente aplicada y la realidad es que nuestros juzgados, a día de hoy, carecen de medios para aplicar correctamente la Ley Concursal, ni reforma ni sin ella.
…
En definitiva, es lamentable haber iniciado un proceso de reforma para lograr avances tan modestos cuando la Ley Concursal tiene carencias de importancia y, sobre todo, no haberlo acompañado de una adecuación de medios materiales y humanos para quienes han de aplicar la ley.
Se impone una llamada de atención a nuestros futuros gobernantes: una adecuada organización de la Administración de Justicia, especialmente en el ámbito mercantil, es indispensable para superar la crisis económica, en la medida en que ofrecerá a la actividad empresarial la imprescindible seguridad jurídica”.
Quizás el título no sería tanto sombras en la LC como sombras para la LC, porque su gran problema no está tanto en el articulado de la Ley, actual o reformado, como en la dotación insuficiente de nuestro Poder Judicial.
Madrid, 21 de septiembre de 2011