Vuelve la
prohibición de las posiciones cortas. La Comisión Nacional del Mercado de
Valores en su Acuerdo
hecho público ayer, la justificó a partir de “la situación de extrema volatilidad que atraviesan los mercados de
valores europeos” y la necesidad de defender la estabilidad
financiera en los mercados. No parece cuestionable que estamos instalados en un
escenario de excepcional inestabilidad, al igual que resulta notorio que nos
encontramos ante una medida reiteradamente solicitada por numerosas sociedades
cotizadas.
Sobre el alcance de la medida cautelar de prohibición, con una
vigencia inicial de tres meses y con un alcance superior al de las
prohibiciones precedentes (pues afecta a todos los valores y no sólo a los de
un determinado sector):
“La prohibición cautelar afecta a
cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de
contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear
una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma
intradiaria. Se entenderá por posición corta neta aquella que resulte en una
exposición económica positiva ante una caída del precio de la acción.
Se excluyen de la prohibición cautelar las
operaciones que sean realizadas por entidades que desarrollen funciones de
creación de mercado. Se entenderá por tales las entidades financieras o empresas de
servicios de inversión que, como respuesta a órdenes de clientes o como
resultado de cotizar precios de oferta y demanda de forma continua en su
condición de miembros de mercados secundarios oficiales o sistemas
multilaterales de negociación, incurran transitoriamente, especialmente intradía,
en posiciones cortas netas”.
Como es
notorio, esta prohibición cautelar ha sido utilizada en el pasado reciente (ver
la entrada
más cercana sobre este tema, precisamente sobre la abolición de la anterior
prohibición). Esa experiencia puede justificar que en los medios de
comunicación abunden las valoraciones escépticas acerca de la eficacia de la
medida. Habrá que esperar y ver los efectos de esta nueva prohibición.
Madrid, 24 de
julio de 2012