Dentro
de la recuperación de la junta general en las grandes sociedades, el activismo
de determinados inversores institucionales aparece como una de las opciones más
destacadas. Con respecto a la presencia de los “hedge funds” en el capital de grandes corporaciones estadounidenses
y al posterior ejercicio de los correspondientes derechos políticos, se viene
produciendo una intensa polémica entre quienes afirman que la intervención de
esos fondos no resulta perjudicial para las propias sociedades o para sus
accionistas estables y quienes, por el contrario, denuncian que el activismo de
esos fondos termina por perjudicar la estabilidad de dichas empresas y los
intereses de sus accionistas.
El
Profesor Bebchuk ha liderado un reciente estudio que tituló “The Long-Term
Effects of Hedge Fund Activism”, aportando evidencia empírica acerca de lo
infundado de presentar el activismo de los hedge
funds como perturbador de los intereses a largo plazo de los accionistas.
En contra de su tesis, el Despacho
Wachtell Lipton elaboró dos informes que Bebchuk replica en una reciente
entrada
publicada en el blog The Harvard Law School Forum on Corporate Governance and
Financial Regulation. A través de la entrada puede accederse a los distintos
documentos.
La
cuestión que cabe plantear desde la perspectiva española es la de si los
criterios barajados en ese debate por unos y otros con respecto a la
experiencia estadounidense, son válidos para una investigación similar en
nuestros mercados de valores.
Madrid,
20 de septiembre de 2013