La
Circular
4/2004 de 22 de diciembre del Banco de España, sobre normas de información
financiera pública y reservada y modelos de estados financieros juega un papel
determinante en la supervisión de las entidades de crédito. Se trata de una
norma que es objeto de revisiones frecuentes como consecuencia de las
correspondientes modificaciones producidas en esta materia, con frecuencia en
el ámbito internacional, a las que la legislación española debe adaptarse. Es
por ello que se aprobó recientemente la Circular
5/2013, de 30 de octubre, que
responde a distintas novedades en materia contable y de información financiera,
entre las que destacan las derivadas de las revisiones de distintas Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF). Son en especial los
Reglamentos europeos aprobados a lo largo del año 2012 introduciendo distintas
NIIFs para la Unión Europea (que la Circular 5/2013 detalla en su introducción)
los que la reciente Circular se encarga de trasladar a la Circular 4/2004.
Otras
modificaciones afectan a la Central de Información de Riesgos, sobre cuyo
régimen traté aquí.
Los cambios afectan a la Circular
1/2013 de 24 de mayo y se refieren a dos aspectos en los que la información
de la actividad de las entidades de crédito viene concitando una amplia
atención. Se trata, en primer lugar, de la financiación a las pequeñas empresas
y a las microempresas. La información a este respecto debe servir, según señala
expresamente la nueva Circular para “poder
evaluar la política de financiación para con este tipo de empresas”. En
segundo lugar, se solicita información sobre garantías reales recibidas por las
entidades de crédito, señalando que la función de esa información será la
ponderación de esas garantías en la estimación de la necesidad de capital
regulatorio.
Madrid,
13 de noviembre de 2013