Tanto
por la relevancia de algunas de las
grandes corporaciones establecidas en su territorio, como por la peculiaridad
que en materia de iniciativas legislativas ofrece su sistema político, Suiza
viene ofreciendo en estos últimos años algunas experiencias decisivas en
relación con la disciplina de la retribución de los administradores y
directivos empresariales. En su día recogí aquí
alguna información sobre la conocida como “Iniciativa Minder”, que una vez
aprobada va a traducirse en cambios que afectarán la retribución variable de
los consejeros ejecutivos. Aprovecho para destacar que, conforme recogía Die
Neue Zürcher Zeitung (NZZ), la concreción normativa de esa iniciativa no
está exenta de discrepancias.
La
segunda experiencia que concitó una amplia atención internacional dio lugar
ayer a la votación en referéndum y consiguiente rechazo de la conocida como
“Iniciativa 1:12” promovida por las juventudes socialistas suizas y conforme a
la cual no podría ganar en un mes un directivo más de lo que recibe en un año
el más modesto de los empleados de la empresa. Se trataba, por lo tanto, de una
limitación legal directa de las retribuciones fijas. En el mismo NZZ se recogen
distintas reacciones
a la votación negativa. Conforme a la información que al respecto ofrecía ayer
el Financial Times (v. FT Weekend,
James Shotter, “Swiss executives braced for salary cap verdict”, edición impresa,
p. 2) de haberse aprobado la medida hubiera afectado a más de 1.300 empresas
grandes y medianas y habría tenido consecuencias inmediatas para el mercado
corporativo suizo.
Algunas
empresas habían anunciado de manera inequívoca su voluntad de trasladar su
domicilio fuera de Suiza si la medida recibía el apoyo de los votantes. Por
otro lado, no faltan advertencias sobre la necesidad de no confundir un voto de
rechazo a esa medida con la tolerancia a todo tipo de prácticas retributivas.
Conviene recordar que, como señalaba la crónica
de Rodrigo Carrizo publicada en El País de ayer, esta iniciativa es una
consecuencia directa de los varios escándalos que han sacudido a la opinión
pública suiza ante la inexplicable retribución consistente en cuantías
disparatadas a gestores desafortunados.
La
iniciativa suiza la tomó en cuenta el PSOE en su reciente Conferencia Política,
en cuyas conclusiones anunciaba de nuevo conforme a la crónica de El País:
“Los
socialistas pedirán también una modificación de las escalas salariales para que
ningún directivo gane 12 veces más que un trabajador dentro de una empresa”,
reza el texto final de la cumbre de los socialistas españoles”.
No
es una medida novedosa, ni acertada. El criterio adoptado es uno de los más
reiterados —y al mismo tiempo, más erróneos— en los análisis de las
retribuciones empresariales y es el que se basa en la proporción existente
entre el salario del primer ejecutivo y el que reciben los trabajadores de la
empresa, ya sea el más bajo o el salario medio. El error parte del habitual en
las comparaciones: pretender que entre dos situaciones existe una circunstancia
compartida que justifica una solución pareja. Porque la retribución de los
consejeros ejecutivos no es la retribución de una simple prestación laboral,
sino que trata de compensar algo excepcional, que no comparten con los demás
trabajadores: la encomienda de liderar el conjunto de la actividad de la
sociedad y la consiguiente responsabilidad. De su acierto o error va a depender
el del conjunto de la organización. Precisamente por partir de comparaciones
disparatadas, este tipo de soluciones “igualitarias”
comportan un claro riesgo de hipovaloración del papel que determinadas personas
juegan en la marcha de la empresa y de simultánea hipervaloración del de otras.
Al
propio tiempo, la irrupción del legislador estableciendo reglas generales en
materia de retribución supone un factor de alteración de la competencia entre
empresas. En un entorno de competencia internacional evidente en tantos
sectores, aquellas empresas que padecen este tipo de limitaciones van a tener
dificultades para retener a sus principales responsables, frente a quienes no
se ven afectados por las mismas.
Madrid,
25 de noviembre de 2013