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viernes, 8 de noviembre de 2013

Llega Basilea III



Aunque es una materia de notable complejidad técnica que complica su seguimiento, es un hecho conocido que buena parte de la normativa de supervisión de las entidades de crédito viene determinada por los trabajos internacionales. Destaca la aportación procedente de lo que coloquialmente se denomina “Basilea” que en realidad está constituida por las regulaciones sucesivamente aprobadas por el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria, que constituye un lugar de encuentro y trabajo prelegislativo de representantes de distintos Estados (España incluida) en el Banco Internacional de Pagos (BIS). Actualmente, procede incorporar las normas comprendidas en Basilea III.


Por lo que se refiere a las entidades españolas esa incorporación se realiza de manera indirecta, a través de la Directiva europea que incorpora aquella regulación. De acuerdo con el anuncio reciente del Ministro de Economía, es inminente la aprobación de un Real Decreto ley (tanto que a lo mejor se produce en el Consejo de Ministros de hoy).

Para quien pretenda conocer la situación general de adaptación a ese  nuevo marco regulatorio es recomendable la lectura de la nota elaborada por el BIS bajo el título Progress report on implementation of the Basel regulatory framework que ilustra la situación actual en los distintos Estados participantes.

Madrid, 8 de noviembre de 2013