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lunes, 8 de octubre de 2012

Valorando la solvencia



Ya me he referido en algunas ocasiones al papel que viene jugando en el sistema financiero estadounidense el Consumer Financial Protection Bureau (CFPB) y la polémica que desde su creación acompaña a alguna de sus iniciativas. Se trata de una institución llamada a proteger los intereses de los consumidores frente a determinados establecimientos financieros que hasta ahora no estaban sometidos a una supervisión directa. Esta vez, la referencia la justifica una noticia que ofrecía hace unos días el Washington Post y cuyo motivo era la publicación por el citado CFPB de un relevante informe sobre la realización de los informes de crédito o de solvencia acerca de los consumidores estadounidenses. Quienes hayan seguido la trayectoria de esta nueva institución sabrán que no tiene competencias para actuar dentro de lo que es propiamente el sistema bancario, sino con relación a lo que podríamos llamar entidades que prestan servicios parabancarios como son las firmas que se encargan de realizar un informe sobre la solvencia de cada potencial cliente de una entidad de crédito.


En la Economía americana este tipo de informes previos ha alcanzado una gran relevancia. Lo que pone de manifiesto el informe en cuestión es que hay importantes discrepancias entre lo que suelen ser los índices de solvencia de un consumidor con respecto a aquellos que reciben o utilizan los posibles prestamistas. Se dice que esta discrepancia perjudica a uno de cada cuatro potenciales clientes y que las discrepancias que se dan en las valoraciones crediticias implica también la necesidad de legislar en este ámbito para introducir una cierta homologación o armonización en los procedimientos a seguir.

La noticia invita a plantear si es una tendencia hacia la objetivación de las variables fundamentales de la contratación. En este caso, al igual que sucede con las agencias de rating, nos encontramos con la creciente importancia que cobran las agencias que valoran la solvencia de cada uno de nosotros. Probablemente, en muchas entidades de crédito ese tipo de servicios encuentra una forma de simplificar sus procesos de estudio y decisión de las operaciones. El siguiente problema es el de corresponder a esa importancia con una regulación adecuada.

Madrid, 8 de octubre de 2012