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viernes, 27 de febrero de 2015

Informe de retribuciones 2013



A finales del pasado mes de enero, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publicó su primer Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de las sociedades cotizadas, disponible en su web. Es el resultado de los varios cambios normativos producidos en esta materia a lo largo de los últimos años y de la decisión de imponer un régimen imperativo de transparencia en esta materia que suele ocupar el centro de la atención que se presta a las sociedades cotizadas. Su elaboración aparece como uno de los deberes de transparencia de toda sociedad cotizada (art. 541 Ley de Sociedades de Capital –LSC-).

martes, 24 de febrero de 2015

Presentado el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas



Hoy ha tenido lugar la presentación por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) del nuevo “Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas”. La elaboración y publicación de este nuevo Código tienen su origen en la reforma de nuestro Derecho de sociedades impulsada por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2013.

La CNMV ha publicado una nota de prensa en la que explica las líneas fundamentales de este nuevo Código llamado a jugar un papel decisivo en la organización y funcionamiento de las grandes empresas españolas. Sobre su contenido –accesible a través de la indicada nota- tendremos ocasión de volver en futuras entradas.

Madrid, 24 de febrero de 2014

Gobierno corporativo y estructura de la propiedad



Ya me he hecho eco en ocasiones precedentes sobre las iniciativas adoptadas en el marco de la Cátedra Garrigues para la Modernización del Derecho de Sociedades (ICADE) que progresivamente se ha consolidado como uno de los foros más dinámicos en el debate jurídico en esa materia. Se está celebrando el Congreso Internacional titulado Derecho de Sociedades, Gobierno Corporativo y Relaciones con Inversores, de acuerdo con el siguiente programa. Participé en la sesión de ayer por la tarde en la que una de las ponencias la protagonizaba el Profesor Paolo Montalenti bajo el título “Società quotate, mercati finanziari e relazioni con gli investitori”, y que presumo que se publicará en breve dentro de los cuadernos que edita la citada Cátedra, que dirigen los Profesores Mónica Martín de Vidales y Javier Ibáñez.

viernes, 20 de febrero de 2015

Responsabilidad penal y seguro de responsabilidad civil



Es un hecho notorio que en determinados asuntos penales se está pretendiendo que las pólizas de seguro voluntario de responsabilidad civil sirvan para la cobertura de tal responsabilidad, ya sea con carácter cautelar o definitivo. Si se confirma la orientación de nuestros Tribunales penales, estamos ante una cuestión que tiene una relevancia absoluta para el futuro aseguramiento de la responsabilidad civil de administradores y directivos. 

Abogados y clientes (consumidores)



La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de enero de 2015 en el asunto Šiba Devėnas (C-537/13) plantea la consideración que merece en el plano contractual la actividad de los abogados. Éstos, al igual que otras actividades profesionales, se ven sometidos a la disciplina propia de las relaciones entre las empresas y los consumidores.  En esta ocasión lo que se había planteado  como una cuestión prejudicial por parte de un Tribunal lituano eran distintas preguntas vinculadas con la aplicación de la Directiva 93/13/CEE, de 5 de abril de 1993 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores a los servicios jurídicos concluidos por un abogado con una persona física. 

Estadística Mercantil 2014 del Colegio de Registradores



Es posible que las cosas buenas que se repiten tiendan a no merecer una adecuada valoración. Para quienes estudiamos el Derecho mercantil en general y, en especial, el de sociedades, la Estadística Mercantil que elabora el Colegio de Registradores es un instrumento utilísimo. Ya está disponible a través de la página web del Colegio la correspondiente Estadística Mercantil Ejercicio 2014 y desde aquí quiero renovar mi agradecimiento por la disponibilidad de una información que cualquier investigador mínimamente cuidadoso está obligado a tener en cuenta.

Transmisión de empresas en concurso y responsabilidad por el adquirente



El Auto del Tribunal de Justicia de 28 de enero de 2015 en el asunto C-688/13, presenta como principal motivo de interés el hecho de enjuiciar la compatibilidad con el Derecho europeo de determinadas disposiciones concursales y de otro tipo contenidas en nuestro ordenamiento jurídico en relación con el supuesto de transmisión de empresas. 

Un artículo sobre la comunicación del Derecho (y la de los juristas)



Ya he explicado en alguna ocasión anterior mi convencimiento de que una de las expresiones más claras de la evolución y de la crisis del Derecho la encontramos en el propio lenguaje jurídico (v., por ejemplo, esta entrada). En la medida en que la elaboración e interpretación (aplicación) del ordenamiento están cambiando, sucede lo propio con la forma de argumentar y exponer por parte de todos los que intervienen en el debate jurídico. Defender la aplicación de una norma sencilla no suele reclamar otra cosa que su cita. No hay duda sobre lo que significa y las consecuencias que tiene. Cuando lo que se discute es la aplicación de normas o sistemas de mayor complejidad (de las que nuestra legislación mercantil ofrece numerosos ejemplos), la comunicación de las posiciones en liza y de las decisiones que resuelven el conflicto reclaman un mayor esfuerzo.

lunes, 16 de febrero de 2015

Reputación empresarial e injurias



En el apartado que Expansión dedica a cuestiones jurídicas, aparecía en fecha reciente una referencia a una Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya que habría absuelto del delito de injurias a una persona que se dedicó, entre otras actuaciones en internet, a asegurar que la compañía aseguradora contra la que había perdido un pleito “estaba implicada en escándalos relacionados con casos de sobornos y corrupción política”. La experiencia enseña que entre la información periodística y la literalidad de una decisión judicial y de sus fundamentos jurídicos existen múltiples matices que aconsejan ser siempre prudente en la valoración. Más aún cuando el fondo del debate jurídico pasa por la delimitación del tipo delictivo de las injurias.

Reforma de la Ley 9/2012 de reestructuración y resolución



La relación entre la legislación mercantil y la normativa europea es algo con lo que nos hemos acostumbrado a convivir como factor constante de modernización o reforma de nuestro ordenamiento. Sucede en algunas ocasiones que esa relación se traduce en cambios anunciados en la propia adopción de la norma española. Un caso singular en este sentido lo ofrecía la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. En su preámbulo, apartado II se explicaba que la Ley había tomado en cuenta una Propuesta de Directiva y que, lógicamente, la aprobación de la Directiva implicaría la consiguiente adaptación de la Ley: 

“Repensando la protección del inversor”



El pasado día 2 de febrero la Revista de Derecho Bancario y Bursátil impulsó un coloquio restringido orientado a debatir la situación actual de la protección del inversor. El motivo de este coloquio, que tuvo lugar en la biblioteca del Bufete Araoz & Rueda, era la presentación por su autor de un libro de inminente publicación que precisamente apunta a la necesidad de replantearnos el citado principio. Alejandro Fernández de Araoz viene trabajando en un libro que provisionalmente ha titulado Repensar la protección del inversor: para un nuevo régimen de la contratación mobiliaria.

viernes, 13 de febrero de 2015

Sobre la sucesión ordenada en las empresas



Una de las claves en el buen gobierno corporativo es la de la transparencia, es decir, la de la claridad en los procedimientos de toma de decisiones, su adopción conforme a normas conocidas y publicadas y la capacidad de explicar los acuerdos de forma inequívoca. 

jueves, 12 de febrero de 2015

La autonomía de los avales a primer requerimiento



En el último número de la RDBB se publica un comentario de varias sentencias del Tribunal Supremo sobre avales a primer requerimiento [v. Sánchez-Calero Guilarte, J., “La configuración jurisprudencial de las garantías a primer requerimiento”, RDBB 136 (2014), pp. 303 y ss.]. Su motivación inicial nació de la sucesión de sentencias que ponen de manifiesto el notable uso de la figura y el carácter decisivo de la doctrina jurisprudencial para la configuración de ese tipo de garantías personales.

martes, 10 de febrero de 2015

Infracción del deber de declaración del riesgo

El deber de declaración del riesgo a cargo del tomador cobra en la formación del contrato de seguro una importancia capital. Es esa declaración la que normalmente permite una adecuada valoración del riesgo por el asegurador y, a partir de ella, decidir si se celebra el contrato y la prima correspondiente. Tanto la propia norma como una amplia jurisprudencia permiten hacer referencia a ese deber de declaración como un deber de respuesta, puesto que la declaración del tomador la debe prestar sobre la base del cuestionario que presente el asegurador (artículo 10.1 de la Ley Contrato de Seguro). 

Antonio Roncero y la retribución de los administradores



Bajo la anterior regulación societaria, la retribución de los administradores se había convertido en materia conflictiva, como he dejado plasmado en algún trabajo publicado y en varias entradas dentro de este blog. La reforma de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) realizada por la Ley 31/2014 abordó en profundidad esta cuestión, como explica con detalle el apartado VI de su Preámbulo. Los cambios son cualitativamente relevantes con respecto a la retribución de los consejeros ejecutivos y a la remuneración en las sociedades cotizadas.

lunes, 9 de febrero de 2015

Nuevo número de la RDBB



El número 136 de la Revista de Derecho Bancario y Bursátil, correspondiente al cuarto trimestre de 2014 ya se ha publicado. Reproduzco su sumario:

Más Derecho concursal



He recibido con pocos días de diferencia las alertas de Dialnet referidas a los últimos números del Anuario de Derecho Concursal y de la Revista Concursal y Paraconcursal. No me voy a extender sobre lo que significan ambas revistas para la pujanza del estudio del régimen de la insolvencia.

Bastará con que remita a cualquier interesado a consultar los respectivos sumarios aquí y aquí.

Madrid, 9 de febrero de 2015

Matilde Cuena sobre la insolvencia de la persona física



Desde hace muchos años mi compañera complutense Matilde Cuena ha venido expresando con brillantez y pasión su posición con respecto a los aspectos insatisfactorios que, en su opinión, la regulación actual conlleva para las situaciones de insolvencia de personas físicas. Sus observaciones han coincidido con frecuentes situaciones y casos que ponían de manifiesto la importancia del tema desde un punto de vista social y jurídico. 

martes, 3 de febrero de 2015

UNCITRAL y las pequeñas y medianas empresas



Vuelvo a los trabajos de UNCITRAL. En esta ocasión a los más recientes del Grupo de Trabajo I (Microempresas y pequeñas y medianas empresas). El interés de su más reciente documento (A/CN.9/825), que es un Informe presentado en la última reunión del Grupo (Viena, noviembre 2014), es que afronta cuestiones básicas en la organización de la actividad empresarial y del Derecho de sociedades. La lectura de los temas generales que se abordan al final del documento en el marco de la constitución de ese tipo de empresas (las denominadas “MIPYMES”) nos llevan a las cuestiones básicas de la ordenación mercantil.

Aclaración de los Jueces de lo Mercantil de Madrid a sus Criterios unificados sobre la LC



En una no muy lejana entrada informé de los criterios que habían adoptado los Jueces de lo Mercantil en relación con un amplio catálogo de cuestiones planteadas al hilo de las más cercanas reformas de la Ley Concursal (LC). Como complemento de aquel documento, el 20 de enero de 2015 los Jueces Mercantiles de Madrid aclararon la respuesta aprobada en el epígrafe II, punto 3º del mismo.

Gestoras de fondos y poder de mercado



El Boletín de la CNMV suele contener estudios interesantes para quien quiera conocer mejor el funcionamiento y la estructura de nuestros mercados de valores. Sirva de ejemplo de recomendable lectura el artículo que analiza uno de los aspectos más relevantes del funcionamiento del mercado de los fondos de inversión en lo relativo a la comercialización de activos entre clientes minoristas (v. LOSADA LÓPEZ, R., “El poder de mercado de las gestoras de fondos de inversión en el mercado minorista español”, Boletín de la CNMV, trimestre IV, 2014, pp. 77 y ss.).