El
Boletín de la CNMV suele contener estudios interesantes para quien quiera
conocer mejor el funcionamiento y la estructura de nuestros mercados de
valores. Sirva de ejemplo de recomendable lectura el artículo que analiza uno
de los aspectos más relevantes del funcionamiento del mercado de los fondos de
inversión en lo relativo a la comercialización de activos entre clientes
minoristas (v. LOSADA LÓPEZ, R., “El poder de mercado de las gestoras de fondos
de inversión en el mercado minorista español”, Boletín de la CNMV, trimestre IV, 2014, pp. 77 y ss.).
Su
principal conclusión es “que las gestoras
disfrutan de un alto poder de mercado en el segmento minorista de fondos de
inversión”. Sucede que estamos en un mercado que presenta una alta
concentración:
“…Durante
los últimos años, las cuatro mayores gestoras, todas propiedad de entidades
de crédito, coparon más del 50 % del mercado. Además, los altos costes de
cambio y búsqueda hacen que los inversores minoristas tiendan a concentrar sus
compras de activos financieros en un único proveedor. Este proveedor es
generalmente una entidad de crédito que ofrece una gran variedad de productos;
entre ellos, fondos de inversión. Estas dos características del sector
pueden restringir la competencia en el mercado de fondos de inversión.
De
acuerdo con los resultados del modelo econométrico estructural estimado en este
trabajo, el margen de beneficios medio de las gestoras españolas, medido
mediante el índice de Lerner, es de al menos el 43 %. Semejante porcentaje
sugiere que este mercado se encuentra lejos del paradigma de competencia
perfecta”.
Esa
deficiente competencia no parece que, conforme al citado artículo, pueda verse
sensiblemente mejorada por la aparición en el mercado de gestoras
independientes:
“Otro
resultado importante del estudio/análisis es que los márgenes de las
gestoras independientes y los de las que pertenecen a entidades de crédito son
similares. Pero esto no quiere decir que disfruten de un nivel de
beneficios similar. Las segundas obtienen mayores beneficios porque poseen una
mayor cuota de mercado, que proviene de su amplia base de clientes leales. De
este resultado se derivan dos conclusiones importantes. La primera es que las
nuevas gestoras que entran en el mercado incrementan la competencia solo de
forma limitada. La segunda, que las comisiones no constituyen la
principal variable estratégica de las gestoras a la hora de rivalizar en el
mercado. Estas encontrarían más beneficioso competir en otras áreas, por
ejemplo, ofreciendo una amplia variedad de fondos”.
La
conclusión:
“La
competencia limitada y la pérdida de bienestar social que aquella comporta
sugieren que existe espacio para algún tipo de intervención pública, que
podría concretarse en medidas dirigidas tanto a la parte de la demanda como a
la de la oferta”.
Madrid,
3 de febrero de 2015