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martes, 3 de febrero de 2015

Gestoras de fondos y poder de mercado



El Boletín de la CNMV suele contener estudios interesantes para quien quiera conocer mejor el funcionamiento y la estructura de nuestros mercados de valores. Sirva de ejemplo de recomendable lectura el artículo que analiza uno de los aspectos más relevantes del funcionamiento del mercado de los fondos de inversión en lo relativo a la comercialización de activos entre clientes minoristas (v. LOSADA LÓPEZ, R., “El poder de mercado de las gestoras de fondos de inversión en el mercado minorista español”, Boletín de la CNMV, trimestre IV, 2014, pp. 77 y ss.). 


Su principal conclusión es “que las gestoras disfrutan de un alto poder de mercado en el segmento minorista de fondos de inversión”. Sucede que estamos en un mercado que presenta una alta concentración:

“…Durante los últimos años, las cuatro mayores gestoras, todas propiedad de entidades de crédito, coparon más del 50 % del mercado. Además, los altos costes de cambio y búsqueda hacen que los inversores minoristas tiendan a concentrar sus compras de activos financieros en un único proveedor. Este proveedor es generalmente una entidad de crédito que ofrece una gran variedad de productos; entre ellos, fondos de inversión. Estas dos características del sector pueden restringir la competencia en el mercado de fondos de inversión.

De acuerdo con los resultados del modelo econométrico estructural estimado en este trabajo, el margen de beneficios medio de las gestoras españolas, medido mediante el índice de Lerner, es de al menos el 43 %. Semejante porcentaje sugiere que este mercado se encuentra lejos del paradigma de competencia perfecta”.

Esa deficiente competencia no parece que, conforme al citado artículo, pueda verse sensiblemente mejorada por la aparición en el mercado de gestoras independientes:

“Otro resultado importante del estudio/análisis es que los márgenes de las gestoras independientes y los de las que pertenecen a entidades de crédito son similares. Pero esto no quiere decir que disfruten de un nivel de beneficios similar. Las segundas obtienen mayores beneficios porque poseen una mayor cuota de mercado, que proviene de su amplia base de clientes leales. De este resultado se derivan dos conclusiones importantes. La primera es que las nuevas gestoras que entran en el mercado incrementan la competencia solo de forma limitada. La segunda, que las comisiones no constituyen la principal variable estratégica de las gestoras a la hora de rivalizar en el mercado. Estas encontrarían más beneficioso competir en otras áreas, por ejemplo, ofreciendo una amplia variedad de fondos”.

La conclusión:

“La competencia limitada y la pérdida de bienestar social que aquella comporta sugieren que existe espacio para algún tipo de intervención pública, que podría concretarse en medidas dirigidas tanto a la parte de la demanda como a la de la oferta”.

Madrid, 3 de febrero de 2015