La Sentencia
del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 sobre las cláusulas suelo ha
recuperado actualidad en virtud del reciente Auto de
Aclaración de 3 de junio de 2013. Sobre la posición adoptada por el
Tribunal Supremo se han escrito y se escribirán sucesivos artículos dedicados a
valorar su significado con respecto a la contratación bancaria. Es un debate
que se suma a otros muchos provocados por la profunda reforma que estamos
conociendo de la legislación y práctica hipotecarias. Pero la citada decisión
está teniendo una consecuencia empresarial y competitiva que me parece
merecedora de atención.
Me refiero a los
anuncios que se han producido por parte de algunas entidades de crédito sobre
su renuncia a seguir incluyendo la citada cláusula o sobre su decisión de
mantenerla. Existe por tanto un primer criterio competitivo y diferenciador,
puesto que los clientes se encuentran con la existencia de grupos de
competidores: los que han renunciado a la cláusula, los que han decidido
mantenerla y los que dicen que nunca la han incluido y seguirán la misma
orientación.
Una segunda
reflexión la motivan las estimaciones igualmente publicadas en estos días y que
apuntan directamente a las cuentas de resultados: al impacto que suprimir la
citada condición puede tener sobre el resultado del ejercicio. Pocos ejemplos
habrá de tan clara vinculación entre la inclusión (o exclusión) de una
determinada condición general y su repercusión en la cuenta de resultados de
las empresas afectadas. Algunos datos son, sin duda, relevantes y alertan del
impacto que la posición del Tribunal Supremo va a tener sobre entidades
bancarias que por varias razones afrontan ejercicios difíciles.
El tiempo dirá
cuál es el impacto final de las decisiones adoptadas en relación con esta
protección que determinados bancos establecían ante el eventual descenso del
tipo de interés de referencia. Pero parece que los pronósticos que apuntan a la
relevante reducción de ingresos para los prestamistas no van descaminados:
remito a la referencia que contenía la crónica publicada por Carlos Laorden en El
País en relación con la presentación en el Colegio de Registradores del
listado de cláusulas abusivas al que me referí en una reciente entrada.
Madrid, 18 de
junio de 2013