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martes, 18 de junio de 2013

Cláusulas suelo y resultados bancarios



La Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 sobre las cláusulas suelo ha recuperado actualidad en virtud del reciente Auto de Aclaración de 3 de junio de 2013. Sobre la posición adoptada por el Tribunal Supremo se han escrito y se escribirán sucesivos artículos dedicados a valorar su significado con respecto a la contratación bancaria. Es un debate que se suma a otros muchos provocados por la profunda reforma que estamos conociendo de la legislación y práctica hipotecarias. Pero la citada decisión está teniendo una consecuencia empresarial y competitiva que me parece merecedora de atención.


Me refiero a los anuncios que se han producido por parte de algunas entidades de crédito sobre su renuncia a seguir incluyendo la citada cláusula o sobre su decisión de mantenerla. Existe por tanto un primer criterio competitivo y diferenciador, puesto que los clientes se encuentran con la existencia de grupos de competidores: los que han renunciado a la cláusula, los que han decidido mantenerla y los que dicen que nunca la han incluido y seguirán la misma orientación.

Una segunda reflexión la motivan las estimaciones igualmente publicadas en estos días y que apuntan directamente a las cuentas de resultados: al impacto que suprimir la citada condición puede tener sobre el resultado del ejercicio. Pocos ejemplos habrá de tan clara vinculación entre la inclusión (o exclusión) de una determinada condición general y su repercusión en la cuenta de resultados de las empresas afectadas. Algunos datos son, sin duda, relevantes y alertan del impacto que la posición del Tribunal Supremo va a tener sobre entidades bancarias que por varias razones afrontan ejercicios difíciles.

El tiempo dirá cuál es el impacto final de las decisiones adoptadas en relación con esta protección que determinados bancos establecían ante el eventual descenso del tipo de interés de referencia. Pero parece que los pronósticos que apuntan a la relevante reducción de ingresos para los prestamistas no van descaminados: remito a la referencia que contenía la crónica publicada por Carlos Laorden en El País en relación con la presentación en el Colegio de Registradores del listado de cláusulas abusivas al que me referí en una reciente entrada.

Madrid, 18 de junio de 2013