El impulso que para el gobierno
corporativo de nuestras sociedades supuso la Ley de Economía Sostenible ha
tardado en completar su desarrollo reglamentario. Lo ha hecho en fecha reciente
por medio de la publicación de dos disposiciones largamente esperadas: la Circular
4/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que
establece los modelos de informe anual de remuneraciones de los consejeros de
sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y
de la comisión de control de las cajas de ahorros a negociación en los mercados
oficiales de valores y la Circular
5/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que
establece los modelos de informe anual de gobierno corporativo de las sociedades
anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan
valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores.
Ambas Circulares desarrollan lo
establecido en la Orden ECC/461/2013,
de 20 de marzo, de la que trató la correspondiente
entrada
que establece la nueva regulación para el informe
anual de gobierno corporativo con respecto a dos documentos esenciales para el
seguimiento de la forma concreta en que se desarrolla el gobierno de cada
sociedad cotizada y demás entidades afectadas.
Cuestión distinta y también apuntada aquí
y aquí,
es que esta reforma llegue a la estación cuando ya se han iniciado sendos
procesos de reforma en esta materia, tanto en el plano nacional a través de los
trabajos de la Comisión de Expertos que debe proponer un nuevo marco de
recomendaciones y medidas normativas, como considerando el ambicioso programa
de medidas que la Comisión anunció para este año con respecto a su actuación en
el régimen de las sociedades cotizadas y, singularmente, en el del gobierno
corporativo.
Madrid, 28 de junio de 2013