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lunes, 7 de mayo de 2012

Completada la trasposición de la Directiva sobre dinero electrónico


En una recientísima entrada me hacía eco de la invitación de la Comisión Europea a distintos Estados miembros (entre ellos, España) con respecto a la íntegra trasposición de la Directiva de dinero electrónico. La respuesta española no ha tardado, a la vista de la reseña de los acuerdos del Consejo de Ministros del viernes pasado:


“APROBADO EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES DE DINERO ELECTRÓNICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico y desarrolla la regulación contenida en la Ley 21/2011, de 26 de julio, sobre esta materia. Con la aprobación de este Real Decreto finaliza la transposición completa de una Directiva comunitaria de 2009.

El Real Decreto persigue tres objetivos fundamentales: en primer lugar, precisa el régimen jurídico aplicable a la emisión de dinero electrónico, clarifica su definición y el ámbito de aplicación de la norma; además, completa el diseño de un régimen jurídico más proporcionado para estas entidades, que hasta ahora soportaban costes elevados; por último, la norma establece los regímenes de supervisión y sancionador para estas entidades, similar al de las entidades de crédito”.

El Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico  apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado del sábado pasado y supone una completa regulación de esa actividad (sin perjuicio de su desarrollo adicional) sobre la base de los criterios comunes de la legislación europea y española del sistema financiero.

Madrid, 7 de mayo 2012