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lunes, 4 de marzo de 2013

La política de auditoría en la UE



Se ha publicado en fecha reciente una lejana Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de septiembre de 2011, sobre política de auditoría: lecciones de la crisis, que es interesante para cualquier interesado en el régimen legal de la auditoría de cuentas y en los criterios que deben animar la actuación normativa en esta materia en el seno de la Unión Europea. El principal hito que inspiraba la Resolución parlamentaria era el Libro Verde de la Comisión de 13 de octubre de 2010.


Para ilustrar ese interés, basta con reproducir los considerandos. Algunos de ellos mantienen su vigencia en el momento actual:

“A. Considerando que la reciente crisis financiera ha puesto en entredicho la labor del auditor,

B. Considera que, a raíz de la crisis, la asunción de riesgos excesiva por parte de las instituciones financieras se ha vinculado significativamente a un control y a unos mecanismos de gestión de riesgo flexibles, escasos e ineficaces, particularmente en instituciones financieras de importancia sistémica (EFIS),

C. Considerando que se ha considerado que los auditores pueden desempeñar una función esencial en el refuerzo de la supervisión de la gestión de riesgos de las instituciones financieras en particular,

D. Considerando que no se ha utilizado plenamente, en particular, la función de los comités de auditoría dentro de las instituciones financieras,

E. Considerando que una auditoría de calidad es fundamental para la estabilidad económica y la confianza de los mercados, ya que aporta garantías sobre la veracidad de la solidez financiera de las empresas,

F. Considerando que en la calidad de la auditoría la independencia del auditor juega un papel fundamental,

G. Considerando que es probable que existan conflictos de intereses cuando las empresas auditoras ofrecen servicios diferentes a la misma empresa,

H. Considerando que la importante concentración de mercado de las «cuatro grandes» empresas de auditoría puede dar lugar a la creación de un riesgo excesivo, y considerando que las empresas más pequeñas tienen diferentes características y que se ha de incentivar su crecimiento y su especialización mediante un aumento de su capacidad competitiva,

I. Considerando, en consecuencia, que es preciso relanzar un debate en profundidad sobre la función del auditor y estructura del mercado de la auditoría”.

Madrid, 4 de marzo de 2013