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jueves, 14 de marzo de 2013

Retribución: ¿reforma de la Ley alemana?



Otro apunte en materia de retribución y, sobre todo, en relación con el tratamiento legislativo que la cuestión merece lo ofrecía una noticia publicada hace unos días en la Frankfurter Allgemeine Zeitung sobre el proyecto auspiciado por el partido mayoritario para una mayor disciplina en la determinación de la retribución de los administradores, aunque en este caso habrá que decir de los integrantes del Vorstand. En el plano político, lo interesante de la crónica resulta que la decisión en el seno de la CDU parece que ya se ha adoptado, así como los fundamentos de la misma. Estos pasan por reivindicar la responsabilidad y legitimidad de los accionistas como propietarios:


“Es entspricht der Grundphilosophie der CDU als Partei des Eigentums, die Eigentümerverantwortung auch der Aktionäre zu stärken“, sagte der stellvertretende Fraktionsvorsitzende Günter Krings am Freitag der F.A.Z. „Das heißt, dass auch wesentliche Entscheidungen wie Vorstandsvergütungen in einer Aktiengesellschaft von den Aktionären getroffen werden sollten“.

En segundo lugar, esta iniciativa, como tantas otras, parte de la convicción del fracaso o, cuando menos, del deficiente funcionamiento de los mecanismos de control previstos en la legislación societaria. En el caso que nos ocupa, esa crítica apunta directamente a los Consejos de Vigilancia. La información baraja la posibilidad de abordar de forma inmediata el proceso de reforma del Derecho de sociedades anónimas alemán, al contar además la CDU con el respaldo del Partido Liberal (FDP).

Por la propia influencia que el Derecho de sociedades alemán ha ejercido sobre otros ordenamientos europeos, si la reforma se pone en marcha habrá de ser objeto de atención, aunque su contenido, es, en esencia, coincidente con otras iniciativas que hemos comentado en entradas precedentes: más poder a la junta y menos al consejo de administración en esta materia.

Madrid, 14 de marzo de 2013