Al igual que ha sucedido con el Anteproyecto de Ley
de cajas de ahorro, el Ministerio de
Economía y Competitividad, sometió a audiencia pública entre enero y febrero de
2013, el Proyecto de Real Decreto por el que se modifican los requisitos de
honorabilidad, experiencia y buen gobierno en las entidades de crédito. A
partir de un caso concreto y notorio, el Proyecto de Real Decreto ha sido
objeto de noticias repetidas con relación a lo que no es sino una parte de su
contenido, como es la determinación de los requisitos que deben cumplir los
consejeros de un banco.
Los requisitos de honorabilidad comercial y
profesional y conocimientos y experiencia adecuados en todo consejero son
objeto de una minuciosa regulación en el Proyecto de Real Decreto, sin
perjuicio de su eventual desarrollo por el Banco de España en ejercicio de su
potestad reglamentaria. Además, en esta materia, ya mencioné aquí
que la autoridad bancaria europea estableció unos criterios en el documento
presentado el 22 de noviembre de 2012 y titulado “Guidelines on the assessment of the suitability of members of the
management body and key function holders”.
El Proyecto de Real Decreto tiene un contenido heterogéneo
puesto que extiende esos mismos requisitos a las cooperativas de crédito, a los
establecimientos financieros de crédito, a los servicios y entidades de pago y
a las entidades de dinero electrónico. Puede afirmarse, a modo de resumen, que
el futuro Real Decreto introduce un mayor rigor en las condiciones previas que
se exigen en el ejercicio de las funciones propias de un consejero en
cualquiera de esas entidades.
Madrid, 1 de marzo de 2013