En
un informe difundido el pasado 26 de junio de 2014, la Comisión Europea
explicaba algunas medidas normativas adoptadas en el desarrollo de los aspectos
más relevantes de la supervisión proyectada sobre retribución en las entidades de crédito.
A partir de la conocida CRD IV y de sus artículos 92 y 94, durante el primer
semestre de 2014 y en virtud de la colaboración entre la Autoridad Bancaria Europea
y la propia Comisión se terminó publicando el Reglamento
Delegado 604/2014 de 4 de marzo de 2014 por el que se complementa la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo
y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en
relación con los criterios cualitativos y los criterios cuantitativos adecuados
para determinar las categorías de personal cuyas actividades profesionales
tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad. La
supervisión de las retribuciones parte de la conveniencia de identificar a
directivos y demás empleados responsables de la asunción de riesgos por cuenta
de la entidad (el artículo 32 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades de crédito recoge ese principio).
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jueves, 31 de julio de 2014
Hacia un nuevo modelo (imperativo) de gobierno corporativo (II)
Como he apuntado en la anterior
entrada, la evolución de nuestro sistema de gobierno corporativo hacia perfiles
marcadamente imperativos cobra una particular y lógica intensidad en lo que
supone el nuevo marco legislativo de las entidades de crédito españolas. Nos encontramos con una ley especial y referida,
sin duda, a una actividad empresarial cualificada. Se trata de la Ley
10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado del pasado 27 de
junio de 2014.
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Gobierno corporativo,
Instituciones financieras
Hacia un nuevo modelo (imperativo) de gobierno corporativo (I)
A veces la atropellada sucesión de
hechos de actualidad nos impiden una reflexión sobre lo que está sucediendo.
Esto sucede en relación con el gobierno corporativo, al hilo de las distintas
reformas normativas que o han culminado o se están llevando cabo. Cabe hacer
referencia a dos textos legales de especial alcance. Uno ya ha aparecido
publicado en el Boletín Oficial del Estado pero, dado que es una Ley especial,
la abordaré en una entrada distinta.
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Gobierno corporativo,
Sociedades cotizadas
Publicada la Ley de Navegación Marítima
En el Boletín Oficial del Estado del
pasado 25 de julio de 2014 se ha publicado la Ley
14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Es otra Ley largamente
esperada, que creo recordar que ya se vio abortada en la previa tramitación
parlamentaria de algún proyecto por la disolución de las Cortes Generales.
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Derecho marítimo
lunes, 28 de julio de 2014
Compra de viviendas y descuento de letras
Uno
de los principales aspectos sobre los que la Ley Cambiaria y del Cheque (LCC) basó
el intento de revestir a la letra de cambio de una especial confianza que
fomentara su utilización estaba constituido por la limitación de las
excepciones disponibles para el deudor cambiario. Esta restricción se expresaba
en las conocidas reglas de los artículos 20 y 67 LCC de acuerdo con las que el
demandado sólo podrá oponer al tenedor de la letra las excepciones fundadas en
sus relaciones personales con él, sin poder oponer al tenedor las excepciones
fundadas en sus relaciones personales con el librador o con tenedores
anteriores de la letra. Tan elemental y decisiva doctrina cambiaria ha sido
analizada en la STS de 24 de abril de 2014 (JUR 2014, 164137).
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Títulos valores
FMI y segunda oportunidad
Hace unos días el Diario El
País recogía en sus páginas de economía un interesante artículo que titulaba "España,
a la cola en segundas oportunidades". El punto de partida para la
información lo constituían determinadas referencias contenidas en un muy
reciente Informe
del Fondo Monetario Internacional (FMI), que pasaba revista a la situación de
la economía española y en el que se recogían distintas consideraciones sobre
los cambios adoptados en nuestra legislación de la insolvencia y sobre otros
cambios futuros. Es aquí donde entra en juego el régimen del denominado “fresh start” o “segunda oportunidad”, que son expresiones de amplia difusión entre
nuestros concursalistas. Tan es así que han sido varias las iniciativas
recientes que se han encargado de analizar la conveniencia –la urgencia para
algunos- de la introducción de esas medidas. El artículo recoge la cualificada
opinión de mi compañera complutense Matilde Cuena, que viene ocupándose de esta
cuestión en publicaciones y cursos y que reitera las causas principales para
que, en su opinión, no termine de incorporarse esta novedad.
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Derecho concursal
Un Manual sobre seguros y pensiones
El
Derecho aplicable a los mercados financieros se ha convertido en una especie
tan peligrosa como las arenas movedizas en las que vemos hundirse a tantos
héroes y villanos cinematográficos que en ellas se adentran. Cualquiera de nuestros
mercados financieros es el destinatario de una incesante relación de
disposiciones, sometidas al mismo tiempo a una permanente revisión. Quien estudie sus leyes o reglamentos se
encuentra como Sísifo con que, cuando cree dominar la que se presenta como
nueva normativa, el peñasco vuelve a rodar hacia abajo en forma de nuevas
disposiciones que modifican o sustituyen a aquellas.
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Libros
Un ejemplo de mal gobierno corporativo
Este blog está
plagado de entradas referidas a la retribución de administradores y directivos.
Al igual que lo están otros y que sucede con las revistas jurídicas. La
retribución ha venido constituyendo un problema empresarial que reflejaba malas
prácticas en materia de gobierno corporativo y que ha abonado una evidente
respuesta legislativa tendente a someter ese aspecto de la organización
empresarial a reglas más severas. Ante esa abundancia de materiales, no está
justificado que vuelva a repetir ideas sobradamente expuestas. Me limito a
recoger un caso concreto –traducido en una interesante sentencia- referido a la
retribución de los principales ejecutivos de una caja de ahorros.
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Administradores,
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Instituciones financieras
viernes, 11 de julio de 2014
La Estadística Concursal 2013 del Colegio de Registradores
Continuando
con mi relación de recomendaciones estadísticas, resulta obligada y es
entusiasta la que hago de la nueva edición de la Estadística
Concursal. Anuario 2013, que hace algunos días puso a disposición de
todos el Colegio de Registradores. A la institución y al autor de la
Estadística Concursal, el Profesor Esteban van Hemmen, mi reconocimiento y
felicitación.
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Derecho concursal
Abogados especialistas
La
educación y la profesión del abogado parecen estar abocadas a la
especialización. Decir que uno se dedica al Derecho mercantil o al penal puede
que ya no sea suficiente, puesto que lo que reclaman los clientes es un grado
mayor de especialidad en áreas más reducidas. Esto es claramente perceptible en
determinadas jurisdicciones y parece abrirse camino de manera imparable entre
nosotros. Digo esto ante las noticias que he recibido en estas últimas semanas
acerca de la reciente constitución
de sendas Secciones en el Colegio de Abogados de Madrid dedicadas a agrupar
y organizar a aquellos colegiados que se ubican en la Abogacía de la empresa o
en el Derecho concursal.
Parece
razonable que en el ámbito de las Corporaciones profesionales se reaccione ante
una tendencia que condiciona la práctica profesional de no pocos despachos y
colegiados.
Madrid, 11 de julio de 2014
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Abogados
lunes, 7 de julio de 2014
La impugnación de acuerdos y la reforma de la LSC
Como ya informé en una anterior entrada,
el pasado 26 de junio, tuvo lugar en nuestra Facultad la Mesa Redonda sobre la
reforma del régimen de la impugnación de acuerdos sociales, organizada por los Departamentos
de Derecho Mercantil y Procesal y la Revista de Derecho Bancario y Bursátil. La
reunión tenía como principal motivación la de ofrecer un foro de reflexión con
respecto a la inminente reforma de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) que va
a dar lugar a la aprobación en los próximos meses del Proyecto
de Ley correspondiente.
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Facultad
La enfermedad del presidente
La noticia de la
enfermedad del Presidente de JP Morgan me anima a retomar la cuestión desde el
punto de vista del gobierno corporativo. Jamie Dimon anunció que padece cáncer
y remitió al conjunto de los empleados de la entidad un e mail que incluía en
versión española Pablo Pardo en su sugerente columna
de El Mundo que tituló JP
Morgan y la mortalidad del directivo. En ella se recogen algunos
antecedentes relativos a lo vivido en otras grandes empresas, y a la relación
entre la enfermedad de sus principales ejecutivos y la cotización de sus
acciones. Así pues, el hecho que ahora
afecta al primer banco norteamericano dista de ser nuevo, pero vuelve a plantearnos
los mismos interrogantes que, a pesar de ser sin duda interesantes, por
repetidos no reclaman particular desarrollo.
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Gobierno corporativo
¡Mucho Máster!
Participo
modestamente en la puesta en marcha en la Facultad de nuestro Máster de Acceso
a la Abogacía. Esa participación me permite intuir que lo que suponía un cambio
radical para la profesión de abogado no
termina de merecer una definición adecuada y proporcionada a la enorme
importancia que ese Máster está llamado a tener en esta nueva etapa. Me
refiero, en particular, al diseño del examen o prueba de acceso, al que me
referí en una no lejana entrada.
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¿Cómo hacer más eficiente la Justicia? La encuesta Deloitte 2014
La firma Deloitte
(a través de su Área de Forensic)
suele realizar de manera periódica una encuesta entre juristas que luego hace pública.
Una referencia anterior puede encontrarse en esta entrada
y da pie a dar noticia de la publicación de una nueva edición de “Hacia
una Justicia más eficiente”.
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Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Código Mercantil
Por la
importancia de la futura norma, no es extraño que la tramitación del
Anteproyecto de Ley del Código Mercantil de lugar a un amplio número de
reacciones de debate y estudio de su contenido. Trataré de recoger las que se
vayan produciendo.
En esta
ocasión, me refiero a la aportación del Comité Económico y Social a través de
su Dictamen
sobre el Anteproyecto en el que realiza distintas observaciones al mismo para
terminar expresando una “valoración general positiva del Anteproyecto, sin perjuicio de las
observaciones realizadas en el presente dictamen”.
Madrid, 7 de julio de 2014
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Derecho mercantil
UNCITRAL y la insolvencia
Continuando
con las referencias habituales a los siempre interesantes trabajos del Grupo de
Trabajo V (Régimen de la insolvencia) de UNCITRAL, quiero citar, en primer
lugar, el Informe del Cuarto Coloquio
Internacional sobre el Régimen de la Insolvencia celebrado en el pasado mes de
diciembre en Viena. Transcribo las conclusiones recogidas en la Nota de la
Secretaría de 2 de mayo de 2014 (A/CN.9/815), por cuanto sirven para alertar
sobre la evidente complejidad del problema de la insolvencia que afecta a un
grupo de sociedades:
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Derecho concursal
viernes, 4 de julio de 2014
La Estadística Mercantil 2013 del Colegio de Registradores
Suele
decirse con notable cinismo que un periodista no debe impedir que la verdad le
arruine una buena noticia. A quienes estudiamos el Derecho mercantil no debe
olvidársenos que se trata de un Derecho vivo y que, por lo tanto, nunca podremos
ignorar la verdad que depara la realidad de la actividad mercantil si no
queremos quedar en evidencia. Internet facilita de manera enorme el acceso a esa verdad
mercantil, sobre todo cuando hay instituciones o corporaciones que se encargan
de plasmarlas en compilaciones estadísticas que ofrecen a la consulta pública.
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Registro Mercantil
Armonización internacional de las normas procedimentales civiles
Una
de las tendencias características que más se repiten sobre el Derecho mercantil
es la que apunta a la armonización de las reglas aplicables en un escenario
internacional. Esa armonización ha dado lugar a notables resultados en relación
con distintos contratos e instituciones pero también se observan en los últimos
años avances en lo que podríamos describir como la armonización de normas
procesales. El último número de la Uniform Law Review (vol.
19, nº 2, 2014, 328 páginas) ofrece una sucesión de artículos que desarrollan
la conferencia que tuvo lugar en el otoño de 2013 y que organizaron
conjuntamente UNIDROIT y el European Law Institute en la que se abordaron los
llamados “Transnational Principles to
European Rules of Civil Procedure”. Estos Principios ya tuvieron un
antecedente en los que un grupo de estudio del American Law Institute y
UNIDROIT, adoptaron en el año 2004.
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Derecho mercantil
Venta de unidad productiva: no cabe subrogar al adquirente en deudas de la concursada-vendedora
Un breve Auto del Juzgado de lo
Mercantil nº 2 de Oviedo de 19 de marzo de 2014 (JUR\2014\145018), se ocupa de
la venta de una unidad productiva por una sociedad concursada y lo hace
delimitando la posición de la adquirente. Se sienta como principio la no
subrogación de esta última en deudas (pre o postconcursales) de la concursada,
ni siquiera frente a las Administraciones Públicas. Si tal principio no se
observa, las deudas “derivadas”
podrán ser deducidas del precio de adquisición.
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Derecho concursal
Informe CNMV 2013
Nos
acostumbramos a los avances con tanta facilidad y rapidez que olvidamos valorar
lo que suponen. Poder consultar en nuestro ordenador documentos como el
reciente Informe Anual sobre los mercados de
valores y su actuación 2013 elaborado por la Comisión Nacional del
Mercado de Valores y accesible a través de su web significa acceder a una
exposición ordenada y pormenorizada de cada uno de nuestros mercados de
valores, de la contratación registrada en su seno y de varios aspectos
referidos a sus varios protagonistas. Sirvan estas líneas de reconocimiento al
esfuerzo que ello supone y para ensalzar su valor.
Porque esa información exhaustiva y accesible obliga
a los estudiosos de esos mercados a contar con ella como reflejo de la realidad que se vive en su seno.
Madrid, 4 de julio de 2014
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Mercado de valores
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