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martes, 7 de mayo de 2013

Inminente aprobación de la Proposición de Ley de protección de los deudores hipotecarios



En una cercana entrada me hice eco de la llegada al Senado de la Proposición de Ley de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y de alquiler social. La tramitación de esa iniciativa en el Senado se ha conducido por el trámite de urgencia y es previsible que hoy la Proposición quede aprobada conforme al orden del día del Pleno del Senado que aquí puede consultarse.


El contenido de esta futura Ley fue objeto de un interesante debate con ocasión del coloquio que se celebró el pasado día 23 de abril organizado por el Colegio de Registradores y nuestro Departamento. En aquella ocasión contamos con dos ponentes que nos ilustraron con especial precisión y brillantez sobre aspectos principales de este proceso de reforma y sobre las razones que explicaban algunas de las medidas introducidas. La Abogado del Estado Sonsoles Centeno Huerta explicó el alcance de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14 de marzo de 2013. Es una Sentencia que merece una referencia informativa constante, aunque también equívoca. La Sentencia no dice muchas de las cosas que se pretende. Ni siquiera las aborda. Respondía a cuestiones prejudiciales concretas planteadas por el Juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona y sus pronunciamientos no iban encaminados contra la Ley Hipotecaria, sino sobre la compatibilidad entre la normativa procesal española y la disciplina de las cláusulas abusivas dimanante de la Directiva de 1993. A este respecto, puede consultarse la entrada en la que informé sobre la misma. El contenido de la Sentencia es preciso, pero a pesar de ello no faltan variadas interpretaciones sobre lo que el Tribunal de Justicia ha resuelto. Esa variedad de interpretaciones desaconsejaba vincular directamente la ciada Sentencia con el contenido de la nueva normativa.

Por esa razón, puede constituir un factor de incertidumbre establecer en la exposición de motivos del futuro texto legal que su origen está en esa Sentencia.

La futura Ley —sobre cuyos aspectos fundamentales ilustró en el citado Colegio el Vocal del Consejo del Poder Judicial, Manuel Almenar—, contempla distintas disposiciones de protección de deudores hipotecarios. Comenzando por la suspensión de los lanzamientos con relación a la vivienda de deudores que se encuentren en supuestos especiales de vulnerabilidad, así como por otras medidas inspiradas en el Real Decreto-ley 6/2012 de 9 de marzo, que son objeto actualización.

Los cambios afectan a distintas normas, comenzando por la Ley Hipotecaria y la Ley del Mercado Hipotecario, entre otras, pero las modificaciones que pueden tener un mayor calado son las de naturaleza procedimiental. En especial por la introducción en el procedimiento ejecutivo de las cláusulas abusivas como causa de oposición a la ejecución y que puede llevar a decretar su improcedencia.

Madrid, 7 de mayo de 2013