Hace tiempo que las instituciones europeas
anunciaron la reforma del régimen legal aplicable a la auditoría de cuentas. Ya
he señalado que este nuevo proceso de
reforma resultaba llamativo para el ordenamiento español cuando acabábamos de
incorporar las anteriores reformas a través del Texto Refundido de la Ley de
Auditoría de Cuentas (Real
Decreto legislativo 1/2011, de 1 de julio).
Lo cierto es que la elaboración del
Libro Verde de 2011 y las propuestas normativas realizadas posteriormente a lo
largo de 2012 por la Comisión hacían ver que ese proceso parecía estar
encarrilado. Pueden encontrarse referencias a ambos hitos aquí
y aquí.
La actualidad del proceso destaca en
una reciente columna publicada en la edición del pasado fin de semana del Financial Times y que se concentraba
sobre el problema de duración del mandato del auditor (Auditor rotation). Venía a informar de los trabajos parlamentarios
que han provocado que, al parecer, la propuesta inicial tendente a imponer la
necesaria rotación de los auditores en periodos de tiempos breves haya quedado
diluida. Aunque no se ha abandonado por completo esa medida, los proyectos que están discutiendo los
grupos parlamentarios europeos son más tibios que la propuesta inicial de la
Comisión. Llama la atención en la columna del influyente diario británico la
realidad que ofrece la concentración de auditorías encargadas a las cuatro
grandes firmas en cualquiera de los índices bursátiles. Da lo mismo que
prestemos atención al IBEX 35, al DAX
alemán o a los principales índices británicos: encontraremos una concentración
que en algunos lugares excede del 90% de las sociedades cotizadas que tienen
como encargados de la verificación de sus cuentas a esas cuatro grandes firmas.
Nada nuevo en cuanto a la realidad y tampoco
con respecto a las posibles soluciones.
Sin embargo, en la opinión recogida
por el Financial Times aparece una
variable innovadora y que llama la atención por su vigencia en otros ámbitos de
la realidad societaria y del gobierno corporativo. Me refiero a la apelación
que se hace al papel que pueden jugar con respecto a esta cuestión los
accionistas y, en concreto, los grandes inversores institucionales y sus
asesores. Algunos inversores ya han
anunciado que van a empezar a moverse ante las principales sociedades cotizadas
británicas contra la pretensión de seguir reeligiendo a auditores que lleven
más de quince años en la misma posición. Esa resistencia a renovar los
nombramientos de auditores alcanzaría a un número muy importante de sociedades.
También apunta sobre la posición en la que se encuentran algunos auditores en
sociedades que han protagonizado episodios desgraciados durante la reciente
crisis financiera. En definitiva, estamos ante una apelación a la actuación de
los accionistas que resume el párrafo final de dicha columna que transcribo:
“Since
auditors are responsible to shareholders, it could be argued that this is an
issue on which investors need to help themselves. In reality though,
effective reform will require regulators and investors to work in tandem. When
the market share of ’Big Four’ firms in EU countries tops 90 per cent, and they retain FTSE 100
clients for an average of 48 years,
there is every reason to do so”.
Madrid, 6 de mayo de 2013