Buscar este blog

lunes, 29 de junio de 2015

¡Mucho Máster! (II): la oferta crece



Un año después vuelvo a los mismos antecedentes que me llevaron a redactar una entrada que titulé !Mucho Máster!. Entonces, como ahora, la lectura de la Revista del Consejo General de la Abogacía y la información que contenía sobre la formación de los futuros abogados me permitió conocer cuál es en este momento el total de Másteres de Acceso a la Abogacía que se ofrecen a los graduados en Derecho [v. Abogados nº 92 (2015), pp. 46-51]. Sobre la base de la información facilitada por las Universidades, la Revista cita un total de 72. El año pasado eran 44. Si el año pasado ya me parecían muchos …

jueves, 25 de junio de 2015

Activos esenciales y competencia de la junta general: la solución francesa



La aprobación de la Ley 31/2014 y la consiguiente reforma de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) que incorporaba, ha motivado una pluralidad de iniciativas y reuniones destinadas a analizar las principales modificaciones. 

Sobre la codificación



En su día participé en las jornadas que en el seno de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación se dedicaron a la codificación, bajo el impulso y debate de la Propuesta de Código Mercantil. 

Concursos y SAREB



La Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª) de 30 de marzo de 2015, se ocupa de la confluencia de la Ley Concursal y de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre de reestructuración y resolución de entidades de crédito. La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. (SAREB) impugnó el informe de la administración concursal que había calificado determinados créditos de los que aquella aparecía como titular como subordinados. El criterio de la administración concursal se vio confirmado por el Juez de lo Mercantil, cuya Sentencia fue recurrida en apelación. 

martes, 23 de junio de 2015

Estudios Homenaje al Profesor Rafael Illescas



La Universidad Carlos III ha editado en formato abierto el libro electrónico dedicado al Profesor Rafael Illescas Ortiz con motivo de su jubilación: Estudios sobre el futuro Código Mercantil. Libro homenaje al profesor Rafael Illescas [(dirs. Morillas M.J./Perales, P./Porfirio, L.J.), Madrid (2015), 2131 páginas]. Una iniciativa afortunada en su planteamiento y ejecución y que supone un enorme caudal de nuevos trabajos que acompañan la presentación de la Propuesta de Código Mercantil y la promulgación de tantas nuevas leyes mercantiles recientes.

lunes, 22 de junio de 2015

Prorrogada la suspensión del artículo 348 bis LSC



Como complemento de la entrada anterior y siguiendo otro de los “clásicos” del blog debo subrayar que el apartado 2 de la misma disposición final primera de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal, confirma la nueva suspensión del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) hasta el 31 de diciembre de 2016.

¿Importa el cambio del domicilio social?



La aprobación de las leyes mercantiles que en estos últimos meses de legislatura se anuncian suponen un cambio previsible para las materias afectadas, pero también tienen un efecto más sorprendente por lo que implican con frecuencia de cambios en otras disposiciones poco o nada relacionadas con la que motiva la propia ley que las incorpora ¿De qué hablo? De las disposiciones adicionales, auténtica herramienta impagable para nuestro legislador desde que la memoria recuerda, que frente a los espasmos de los puristas de la técnica legislativa, sirven al legislador moderno para subsanar olvidos, dar respuesta a los imprevistos, resolver cuestiones pendientes y, en definitiva, aligerar la agenda de los distintos ministerios concernidos, que son muchas veces los impulsores en la sombra de las hazañas del grupo parlamentario mayoritario de turno. Algo habitual y con lo que resulta estéril luchar, porque no es ni más ni menos, que la aplicación a la técnica normativa de la asentada máxima que invita a aprovechar la afluencia y tránsito del río Pisuerga por Valladolid. 

Publicada la Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión



Tal y como comenté  aquí y aquí, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito ha tenido una corta vigencia una vez que se publicó el pasado viernes  y entró en vigor al día siguiente (con algunos matices que recoge su disposición final decimoséptima) su continuadora, la Ley 11/2015 de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.


 

miércoles, 17 de junio de 2015

Solicitud de denominación social v marca notoria



La Resolución de 5 de mayo de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), tiene un singular interés porque trata de la difícil relación que plantean la elección y el uso de las denominaciones sociales y su posible colisión y confusión con derechos de propiedad industrial vinculados a signos distintivos amparados en la legislación especial. El punto de partida es también especial porque nos encontramos ante la actuación del Registrador Mercantil Central que denegó la denominación solicitada “Tabacalera Española, S.A.” en tanto no se aportara autorización de la persona física o jurídica afectada, que resultaba ser Altadis, S.A., como titular de la marca Tabacalera.


Isabel Fernández Torres, Vicerrectora UCM



Ayer asistí al acto de toma de posesión del nuevo equipo rectoral de nuestra Universidad. Dentro de ese equipo figura como nueva Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Gabinete del Rector, Isabel Fernández Torres.

martes, 16 de junio de 2015

Modelos de estatutos para sociedad limitada de constitución telemática



Se publicó el pasado sábado el Real Decreto 421/2015 de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva. 

lunes, 15 de junio de 2015

Competencia desleal: dos apuntes a partir de una Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid



La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª) de 9 de febrero de 2015 (JUR\2015\101922), resuelve el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo mercantil desestimatoria de una demanda que denunciaba actos de competencia desleal. La lectura de la primera justifica una primera indicación de alcance general que se repite en numerosas sentencias dictadas en esta materia y que suponen una llamada de atención a quienes invocan la infracción de la Ley de Competencia Desleal. Se trata de la exigencia de precisión y prueba. Los hechos supuestamente desleales deben ser acreditados y, además, adecuadamente encuadrados en el tipo de deslealtad concurrencial que se denuncia: 

viernes, 12 de junio de 2015

Blanqueo de capitales e identidad del socio (titular real)



Hace algunos días se publicó la más reciente legislación en materia de blanqueo de capitales, constituida por el Reglamento (UE) 2015/847 de 20 de mayo de 2015 relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1781/2006 y por la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión. 

jueves, 11 de junio de 2015

Retribución de ejecutivos y cláusulas de reembolso

Como intentaré acreditar más abajo, parecen aproximarse cambios relevantes en uno de los aspectos que he estimado siempre más complejos en el problema de la retribución de los administradores. Este problema no es la cuantía, como he razonado en anteriores ocasiones, sino la determinación de la retribución conforme a criterios de transparencia y proporcionalidad, sin que en ese procedimiento se incumplan los deberes esenciales de todo administrador, es decir, sin que la fijación de las retribuciones comporte una infracción del deber de lealtad. La idea de proporcionalidad tiene que ver con conceptos repetidamente citados como es el del alineamiento de intereses accionistas-administradores, que en una formulación más novedosa vincula la retribución con el rendimiento de la sociedad (pay-performance).

Régimen deontológico para el mecanismo único de supervisión



Por medio de su Orientación 2015/856, de 12 de marzo de 2015, publicada recientemente, el Banco Central Europeo ha aprobado los principios que deben de constituir el fundamento del régimen deontológico aplicable a todas las personas que pertenecen o han pertenecido al mecanismo único de supervisión (MUS). Arranca la Orientación estableciendo que un adecuado régimen de gobierno corporativo para el Banco Central Europeo tiene la máxima importancia y que en el caso del MUS se deben de exigir las cotas más elevadas de ética, como manera de conservar la confianza de los ciudadanos europeos. 

Materiales sobre arbitraje societario



En el último número (23/2015) de la Spain Arbitration Review, que edita el Club Español del Arbitraje aparecen algunos materiales interesantes sobre el arbitraje en cuestiones mercantiles. Como continuación de alguna entrada anterior en la que me refería a cuestiones de arbitraje societario, dejo constancia del informe que contiene la exposición motivada de la “Oposición del Club Español del Arbitraje al anteproyecto de Código Mercantil en materia de arbitraje societario” (pp. 5-21).  

miércoles, 10 de junio de 2015

Fusión de sociedades vinculadas y fecha de efectos contables



La Resolución del 24 de abril de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) resuelve la determinación de la fecha de efectos de la fusión atendiendo a la vinculación existente entre las sociedades participantes en la fusión. La DGRN confirmó el criterio del Registrador Mercantil que, al calificar la escritura de fusión, suspendió su inscripción por considerar que no era correcta la determinación de la fecha de la fusión. El fundamento de esa calificación estaba en las relaciones de las sociedades implicadas en la fusión, que tenían un mismo socio mayoritario común:

Información societaria y personas mayores o discapacitadas



Transcribo la disposición adicional segunda de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo:

martes, 9 de junio de 2015

Poder otorgado por una sociedad, autocontratación y conflicto de intereses



Comentar o reseñar las sucesivas resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) se ha convertido en un contenido habitual de los blogs mercantiles. Sucede que algunas reclaman una especial atención. Es lo que sucede con la Resolución de 28 de abril 2015 que presenta distintos aspectos interesantes. Aborda el problema clásico de la representación consistente en la autocontratación, lo hace en el marco de la representación societaria y resuelve la compatibilidad de las que han sido doctrinas tradicionales del Tribunal Supremo y de la DGRN en esta materia con la nueva regulación del conflicto de intereses introducida en el artículo 230 LSC [al respecto, v. el reciente y cuidado trabajo de Vives, F., “Los conflictos de intereses de los socios con la sociedad en la reforma de la legislación mercantil”, RDBB nº 137 (2015), p. 7 y ss.].

Publicado el Reglamento sobre procedimientos de insolvencia



Como complemento de las anteriores entradas que se han referido a su aprobación, dejo constancia de la reciente publicación del Reglamento (UE) 2015/848 de 20 de mayo de 2015 sobre procedimientos de insolvencia que supone la derogación del Reglamento (CE 1346/2000). 

Concurso de sociedades cotizadas y nombramiento de administrador concursal



Ha publicado la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) un anuncio (vinculado con el concurso de una sociedad cotizada) que es interesante con respecto al régimen de la administración concursal. En el citado anuncio, del que no me constan antecedentes, la CNMV señala que tras haber recibido la solicitud del Juez de lo mercantil en relación con la designación del administrador concursal “ha iniciado los trámites para la realización de la propuesta correspondiente”. El artículo 27.6 de la Ley Concursal (LC), introducido por la Ley 17/2014, establece que la CNMV hará una propuesta de administradores concursales cuando se trate de concursos de entidades sujetas a su supervisión. De entre los administradores propuestos, corresponde al Juez proceder al nombramiento de uno de ellos. 

miércoles, 3 de junio de 2015

Cláusulas estatutarias sobre transmisión mortis causa de participaciones



En la Resolución de 23 de abril de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) se aborda la delimitación estatutaria de la transmisión de participaciones mortis causa. El debate se suscitó en el marco de la transformación de una sociedad civil particular en sociedad limitada, conteniendo los estatutos sociales el artículo 9 que transcribo:

Una guía de ESMA sobre derivados





Sobre los derivados han corrido en los últimos años ríos de tinta de quienes han tratado de denunciar su uso y comercialización masivos y explicarlos como uno de los productos más nocivos para la estabilidad del sistema financiero. Han corrido también ríos de tinta como consecuencia de la actividad normativa proyectada sobre ese tipo de operaciones. 

Un nuevo tipo societario que avanza: la SUP



Desde hace algún tiempo se viene debatiendo en el seno de las instituciones europeas la regulación a través de una futura Directiva de una nueva figura societaria. Se trata de la llamada societas unius personae (SUP), pues tales son la denominación y abreviatura que se han reservado en el plano europeo para esta nueva figura. La nota de prensa difundida hace pocos días informaba del acuerdo alcanzado en el Consejo de Ministros con respecto a la futura Directiva. Ese acuerdo deja aspectos fundamentales de la regulación de la nueva figura en manos de los Estados miembros.

Sobre el cumplimiento de la obligación de información a los acreedores en caso de fusión



La Resolución de 9 de abril de 2015 de la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) se ocupa de la determinación del alcance del derecho de información a los acreedores como presupuesto de su derecho de oposición al acuerdo de fusión. No se trata únicamente de que se lleve a cabo una comunicación individual con el contenido establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales, sino de que en la elevación a público se incluyan determinadas declaraciones de quien otorga la escritura de protocolización de los acuerdos de fusión.

lunes, 1 de junio de 2015

En Valencia: una tesis sobre contratación bancaria



En alguna entrada con similar motivo he dejado dicho que siempre es satisfactorio poder participar en la evaluación de una tesis doctoral. Cualquier tesis debe ser el resultado de un esfuerzo notable por parte del autor y además implica que la Universidad correspondiente mantiene la capacidad de fomentar investigaciones de calado. Vengo observando que abundan en todas las Universidades españolas las tesis que suponen una “vuelta a las aulas” de personas que desarrollan una actividad profesional y que asumen el reto de intentar obtener el título de doctor. Participar en ese recorrido es, como ya he dicho, una de las satisfacciones más notables que ofrece actualmente la vida universitaria.


Aprobada por el Parlamento Europeo la modificación del Reglamento de insolvencia



Como continuación de la cercana entrada en la que mencionaba la modificación del Reglamento europeo de insolvencia, el pasado 21 de mayo de 2015 se produjo el debate en el Parlamento Europeo y la aprobación de la nueva regulación. En su comunicado, el Parlamento incluye algunos datos que deben servir para justificar los cambios adoptados.