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martes, 9 de junio de 2015

Publicado el Reglamento sobre procedimientos de insolvencia



Como complemento de las anteriores entradas que se han referido a su aprobación, dejo constancia de la reciente publicación del Reglamento (UE) 2015/848 de 20 de mayo de 2015 sobre procedimientos de insolvencia que supone la derogación del Reglamento (CE 1346/2000). 


El nuevo Reglamento entrará en vigor a los veinte días a partir de la fecha de su publicación. En cuanto a su aplicación habrá de estarse a las distintas fechas que recoge su artículo 92 y teniendo en cuenta que “será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados”.

El artículo 2 del nuevo Reglamento contiene distintas definiciones que son objeto de precisión con respecto a cada uno de los ordenamientos nacionales en sus anexos. Así, desde la perspectiva española es preciso señalar que serán “procedimientos de insolvencia” los siguientes: concurso; procedimiento de homologación de acuerdos de refinanciación; procedimiento de acuerdos extrajudiciales de pago; procedimiento de negociación pública para la consecución de acuerdos de refinanciación colectivos; acuerdos de refinanciación homologados y propuestas anticipadas de convenio.  

Por lo que se refiere a la definición de “administrador concursal”, ésta comprenderá la de administrador concursal y la del mediador concursal.

Madrid, 9 de junio de 2015