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miércoles, 3 de junio de 2015

Una guía de ESMA sobre derivados





Sobre los derivados han corrido en los últimos años ríos de tinta de quienes han tratado de denunciar su uso y comercialización masivos y explicarlos como uno de los productos más nocivos para la estabilidad del sistema financiero. Han corrido también ríos de tinta como consecuencia de la actividad normativa proyectada sobre ese tipo de operaciones. 


En relación con esto último, una de las normas fundamentales en el plano internacional es el Reglamento 648/2012 de 4 de julio de 2012 relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (conocido por el acrónimo EMIR), que se ha visto completado por otras disposiciones aprobadas desde entonces.


Los derivados son un producto financiero complejo, característica que también tiene su regulación. Esto explica que de forma periódica las autoridades competentes elaboren y difundan documentos que persiguen facilitar una mejor comprensión sobre la operativa y sobre la aplicación de la regulación. Los destinatarios de esa información son el público inversor, las instituciones que participan en el mercado y las propias autoridades nacionales encargadas de la aplicación del Derecho europeo en esta materia. El Reglamento EMIR ya contemplaba como herramienta de su aplicación armonizada la consistente en documentos que aseguren una coordinación entre las autoridades supervisoras. En esa línea es de destacar el documento presentado a finales del pasado mes de abril por la European Securities and Markets Authority (ESMA) titulado “Questions and Answers. Implementation of the Regulation (EU) No 648/2012 on OTC derivatives, central counterparties and trade repositories (EMIR)”.

El documento persigue facilitar una explicación ilustrativa de los aspectos fundamentales de la regulación de los derivados y hacerlo por medio de un total de cerca de cien cuestiones y respuestas que se anuncia que serán objeto de una periódica revisión.

Más allá del contenido específico del documento reseñado, su elaboración se inserta en el programa legislativo de la actual Comisión Europea. En esta materia, el comunicado difundido el pasado 29 de mayo de 2015 por el Comisario Jonathan Hill pone de manifiesto la intención de evaluar si los fundamentos de EMIR son correctos y siguen vigentes y cuál es el resultado de su aplicación en los tres años transcurridos desde su aprobación.

Madrid, 3 de junio de 2015