Como
continuación de la cercana entrada
en la que mencionaba la modificación del Reglamento europeo de insolvencia, el
pasado 21 de mayo de 2015 se produjo el debate en el Parlamento Europeo y la
aprobación de la nueva regulación. En su comunicado,
el Parlamento incluye algunos datos que deben servir para justificar los
cambios adoptados.
Allí
se mencionan algunas estadísticas globales sobre lo que comporta la insolvencia
y que habrían provocado en cada uno de los últimos años una pérdida de 1,7
millones de empleos vinculados con empresas insolventes. Se dice que la nueva
regulación debiera favorecer a las empresas en dificultades financieras superar
su crisis. Se calcula que son unas 200.000 el número de empresas europeas en
una situación e insolvencia inminente o cercana, siendo algo más de 50.000 de
ellas deudoras frente a acreedores sitos en otros Estados miembros. Ante esa
situación, la modificación del Reglamento debe aclarar las competencias judiciales
y otros aspectos determinantes en la tramitación de procedimientos que afectan
a dos o más Estados miembros. Al mismo tiempo, la armonización de la reforma y
su aplicación directa en todo el territorio de la Unión limitará la posibilidad
de que determinados deudores obtengan ventajas de las discrepancias que se
observan entre los ordenamientos de los distintos Estados miembros de la UE.
Madrid,
1 de junio de 2015