Como
he referido cuando me he ocupado de la proliferación de concursos y de su
mayoritaria terminación por medio de una liquidación concursal, asistimos a un
alejamiento entre la realidad de la insolvencia y la finalidad que para el
concurso estableció el legislador. En la Exposición de motivos de la Ley Concursal (LC) se decía que
el convenio era “la solución normal del
concurso”. Una declaración coherente con las diversas medidas que
impulsaban esa solución, comenzando por la posibilidad de la presentación de
una propuesta anticipada de convenio (art. 104 y ss. LC).
Sin
embargo, esta figura ha fracasado hasta ahora en la práctica concursal (al
menos estadísticamente), aunque ha suscitado desde los primeros momentos una
notable atención doctrinal, a la que se suma la reciente monografía de Teodora
Jacquet Yeste, La
propuesta anticipada de convenio, Madrid (2012), 452 pp.
Madrid,
13 de noviembre de 2012