En
las sociedades de capital la convivencia de intereses contrapuestos da lugar a
conflictos constantes y previsibles. El principio mayoritario sirve para
resolver esos conflictos. El problema surge cuando alguno de los titulares de
esos intereses considera que la lesión de los mismos reclama la intervención
jurisdiccional o arbitral. Entonces es cuando aparecen ante terceros no sólo
los motivos de ese litigio, sino los reproches recíprocos que se hacen los
socios enfrentados. El más repetido es el de que el otro actúa de una forma
abusiva. El abuso de derecho se ha convertido así en uno de los conceptos más
manidos en los litigios societarios, en especial en aquellos en lo que se combate
es el imperio de la mayoría y su traducción en un acuerdo que se considera
impugnable.
Al
accionista mayoritario se le reprocha un abuso consistente en usar su poder en
contra del interés social. Los acuerdos alcanzados con los votos de ese socio mayoritario se dice que son
abusivos por pretender presentar como interés común lo que no es sino su interés
particular. Al socio minoritario se le reprocha que abusa de los derechos
(individuales o de minoría) que la ley le concede, sobre todo en relación con
el funcionamiento de la junta general. Un uso que apunta al intento de bloquear
la formación de la voluntad social o al consistente en la reiterada
perturbación de las juntas generales.
Un
tercer supuesto de reproches habituales en las contiendas societarias lo
ofrecen las sociedades con dos socios al cincuenta por ciento. Sociedades que
nutren de trabajo a nuestros Tribunales, a los que se reclama que solventen lo
que las partes no han podido. Ambos socios se reprochan el bloqueo de la
sociedad y un ejercicio abusivo de sus respectivos derechos.
De
esta conocida problemática se ocupa un reciente libro de Luis Hernando Cebriá, El abuso de la posición jurídica del socio
en las sociedades de capital, (Barcelona 2013). Un libro cuidado en su
elaboración —sus virtudes las destaca el Profesor José Miguel Embid en su
presentación— y de lectura especialmente recomendable.
Madrid,
4 de octubre de 2013