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miércoles, 10 de abril de 2013

Retribución en especie



Probablemente sea la transparencia existente con respecto a la retribución de los administradores y, en particular, la de los consejeros ejecutivos la que hace que el tema no deje de acaparar una especial atención informativa. Así lo acredita el hecho de que en su edición del pasado domingo el New York Times incluyera un amplio artículo titulado "The Infinity Pool of Executive Pay".


Básicamente, lo que hace ese estudio es analizar los datos disponibles de las principales sociedades estadounidenses para concentrar la atención en la evolución que se ha producido en  aspectos diversos de la retribución de esos consejeros ejecutivos. En primer lugar, el  objeto de análisis de esta información son las retribuciones en especie de los  consejeros ejecutivos. La noticia facilita datos de distintas sociedades y de sus principales ejecutivos con respecto al uso de diversos medios y servicios puestos a disposición del consejero delegado con cargo a la empresa. Destaca en este aspecto el uso que se hace de los aviones privados y de residencias. Mientras que la retribución directa de los consejeros ejecutivos ha sufrido una evolución proporcional o incluso a la baja con respecto a la rentabilidad para los accionistas durante el mismo periodo, se observa un importante aumento de esas retribuciones en especie. Por tal ha de entenderse la posibilidad reconocida al ejecutivo para que disfrute bienes o servicios que financia la sociedad no sólo en el desarrollo de sus funciones, sino también en el ámbito personal o familiar.  

Lo que se plantea es si es admisible que personas que perciben retribuciones considerables generen a cargo de la sociedad gastos relevantes que tienen relación con la vida privada del ejecutivo. Se apunta que el principal factor de uso de esas retribuciones en especie es la práctica comparativa. La tendencia del mercado lleva a los consejeros ejecutivos a requerir de las sociedades  que le presten esos servicios y asuman el coste derivado de los mismos. No deja de advertirse que, de mantenerse la tendencia al alza de gastos por este concepto, la posición de los accionistas vaya cambiando y tras manifestar inicialmente su discrepancia, terminen planteando la inadmisibilidad de tales retribuciones.

Madrid, 10 de abril de 2013